Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, un Gobierno Regional y un Gobierno Local

DECRETO SUPREMO

Nº 025-2023-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante los Oficios Nº 043-2023-MINCETUR/DM y Nº 045-2023-MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo manifiesta, entre otros, que el citado Sector, es transversal a otros, por lo que tiene previsto intervenir de manera articulada en circuitos y corredores turísticos estratégicos a nivel nacional, sumando esfuerzos, aumentando la eficiencia y alcance de las inversiones públicas, por lo cual han identificado medidas que contribuyen al objetivo de reactivar la actividad turística, entre los cuales se encuentran: impulsar las inversiones del sector ambiente, seguridad u otro en las zonas de desarrollo turístico y en el ámbito de influencias de las mismas; y fortalecer las áreas naturales protegidas que cuentan con actividad turística a través de inversiones y acciones de mantenimiento;

Que, mediante los Oficios Nº 00123-2023-MINAM/SG, Nº 00131-2023-MINAM/SG y Nº 00132-2023-MINAM/SG, el Ministerio del Ambiente solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia, a favor del Ministerio del Ambiente (MINAM) y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), para financiar cuatro (04) Proyectos de Inversión (PI) para la gestión de residuos sólidos y mejoramiento de los servicios públicos en los ámbitos de influencia de las zonas turísticas, así como un (01) Proyecto de Inversión, tres (03) Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) acciones de mantenimiento para el fortalecimiento y equipamiento de Áreas Naturales Protegidas, a fin de contribuir al impulso y reactivación del Sector Turismo, en el marco de las medidas de reactivación económica “Con Punche Perú”; adjuntando para dicho efecto los Informes Nº 00046-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI y Nº 00053-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, elaborado por la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, con los sustentos correspondientes;

Que, mediante el Oficio Nº 000080-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a su favor, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para financiar una (1) Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) y la mejora y mantenimiento de instalaciones, vehículos y equipamiento de las Comisarías de Turismo en los corredores turísticos y zonas afectadas por la conflictividad, en el marco de las medidas de reactivación económica “Con Punche Perú”; adjuntando para dicho efecto el Informe Nº 000091-2023/IN/OGPP/OP, elaborado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MININTER con los sustentos correspondientes;

Que, mediante el Oficio Nº 000082-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para financiar la renovación, soporte técnico y mantenimiento del sistema integral de control migratorio, así como el financiamiento del personal para la atención de dicho sistema, personal para el control fronterizo a nivel nacional y personal para la atención migratoria en el Aeropuerto Jorge Chávez y su contraparte en la Jefatura zonal Lima, en el marco de las medidas de reactivación económica “Con Punche Perú”; adjuntando para dicho efecto el Informe Nº 000191-2023-UPP-MIGRACIONES, elaborado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de MIGRACIONES con los sustentos correspondientes;

Que, mediante el Oficio Nº 229-2023-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), del Gobierno Regional de Amazonas y de la Municipalidad Distrital de Miraflores con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar acciones de promoción en turismo, así como para la ejecución de diez (10) inversiones; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0057-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes; asimismo, mediante los Oficios Nºs 235-2023-MINCETUR/SG y 018-2023-MINCETUR/SG/OGPPD, el citado Ministerio remite los Informes Nºs 0061-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP y 0015-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP, con información complementaria;

Que, mediante los Memorandos Nºs. 0055, 0058 y 0069-2023-EF/63.04, que adjuntan los Informes Nºs. 0031, 0033 y 0043-2023-EF/63.04 respectivamente, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el estado de las Inversiones materia del presente Decreto supremo, en el marco de las disposiciones establecidas por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, señalando que no cuentan con observaciones;

Que, mediante el Memorando Nº 0132-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 0077-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas informa respecto al costo del personal registrado de la Superintendencia Nacional de Migraciones en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y el costo requerido para la contratación del personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 316 422 754,00 (TRESCIENTOS DIECISEÍS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), del Ministerio del Ambiente (MINAM), del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), del Ministerio del Interior, de la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), del Gobierno Regional de Amazonas y de la Municipalidad Distrital de Miraflores, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que, por su naturaleza y coyuntura, los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de dichoss pliego para el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 316 422 754,00 (TRESCIENTOS DIECISEÍS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), del Ministerio del Ambiente, del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, del Ministerio del Interior, de la Superintendencia Nacional de Migraciones, de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), del Gobierno Regional de Amazonas y de la Municipalidad Distrital de Miraflores, para financiar acciones de promoción para el turismo, la mejora y mantenimiento de instalaciones, vehículos y equipamiento de las Comisarías de Turismo en los corredores turísticos y zonas afectadas por la conflictividad; financiamiento de la renovación, soporte técnico y mantenimiento del sistema integral de control migratorio, así como el financiamiento del personal para la atención de dicho sistema, personal para el control fronterizo a nivel nacional y personal para la atención migratoria en el Aeropuerto Jorge Chávez y su contraparte en la Jefatura zonal Lima, el fortalecimiento de las áreas naturales protegidas, así como para la ejecución de diecinueve (19) inversiones en el marco de la reactivación del sector turismo, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 154 205 204,00

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 162 217 550,00

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TOTAL EGRESOS 316 422 754,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 3 299 564,00

PLIEGO 008 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 90 875 000,00

PLIEGO 005 : M. del Ambiente

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 83 506 110,00

PLIEGO 007 : M. del Interior

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 3 190 210,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 5 952 176,00

PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 54 597 994,00

PLIEGO 050 : Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 5 542 000,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 10 293 450,00

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO 440 : Gobierno Regional del Departamento de Amazonas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 25 527 318,00

PLIEGO 150122 : Municipalidad Distrital de Miraflores

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.4 Donaciones y Transferencias 341 934,00

2.6 Adquisición de activos no financieros 33 296 998,00

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TOTAL EGRESOS 316 422 754,00

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1.2 El detalle de los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional de Amazonas y de la Municipalidad distrital de Miraflores”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. La Oficina de Presupuesto de los gobiernos locales elaboran las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo establecido en la presente norma.

Artículo 3.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio del Interior son responsables de efectuar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos de acuerdo a la solicitud realizada por dichos Ministerios.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

2156037-3