Derogan la Resolución Ministerial
N° 253-2021-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 088-2023-VIVIENDA
Lima, 27 de febrero de 2023
VISTOS:
El Informe N° 13-2023/VIVIENDA-OGPP-OI de la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Nota N° 059-2023/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 161-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, de acuerdo a los numerales 16 y 17 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF y modificatorias, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (en adelante OPMI) del Sector tiene como funciones: i) aprobar las metodologías específicas para la identificación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y fichas técnicas para formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno, precisando que dichas metodologías especificas deber ser consistentes con la metodología general aprobada por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (en adelante, DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas; debiendo ser remitidas a esta con el Informe técnico respectivo a su aprobación; y, ii) aprobar la estandarización de proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las fichas técnicas y el informe técnico respectivo deben ser remitidos a la DGPMI previo a su aprobación;
Que, el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y modificatorias, dispone que la OPMI de los Sectores aprueba progresivamente las fichas técnicas simplificadas, la estandarización de proyectos de inversión y sus respectivas fichas estándar; así como, las fichas técnicas específicas para proyectos de baja y mediana complejidad, las cuales no deben considerar aspectos contrarios a la metodología general aprobada por la DGPMI;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 253-2021-VIVIENDA, se derogan las Resoluciones Ministeriales N° 263-2017-VIVIENDA y N° 199-2018-VIVIENDA; así como, se dispone la difusión de las metodologías específicas denominadas Fichas Técnicas Estándar e Instructivos para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de saneamiento los ámbitos urbano y rural, aprobadas por la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de OPMI del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Informe Técnico N° 264-2021/VIVIENDA-OGPP-OI;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 104-2017-VIVIENDA, se designa a la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de cumplir las funciones de la OPMI en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, a través de la Nota N° 059-2023/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 13-2023/VIVIENDA-OGPP-OI, mediante el cual la Oficina de Inversiones, en su calidad de OPMI del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, comunica que mediante el Informe Técnico N° 498-2022/VIVIENDA-OGPP-OI aprobó la actualización de las Fichas Técnicas Estándar (02) e instructivos para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión de servicios de saneamiento en los ámbitos urbano y rural para su aplicación en los tres niveles de gobierno, contando con la conformidad de la DGPMI según el Oficio N° 284-2022-EF/63.03, y siendo publicadas en el Portal Web del Ministerio de Economía y Finanzas el 2 de diciembre de 2022; por lo que, propone la derogación de la Resolución Ministerial N° 253-2021-VIVIENDA;
Que, con el Informe N° 161-2023-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con la emisión de la Resolución Ministerial propuesta;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modificatorias; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y; la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 253-2021-VIVIENDA.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2155725-1