Aprueban la Directiva N° 01-2023-MIDIS, “Directiva que establece la estrategia de seguimiento, asistencia técnica y acompañamiento a los Gobiernos Locales en el marco de la atención de los usuarios de las Ollas Comunes”
Resolución Ministerial
N° 054-2023-MIDIS
Lima, 24 de febrero de 2023
VISTOS:
El Memorando N° D000081-2023-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000061-2023-MIDIS-DGDAPS de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000041-2023-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000126-2023-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° D000095-2023-MIDIS-DPSC de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; y, el Informe N° D000006-2023-MIDIS-OM de la Oficina de Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Ley N° 31126, se modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares; incorporando como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, o en su defecto de las municipalidades provinciales: registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS se aprobó el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual establece que la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, es la unidad orgánica que coordina y supervisa las intervenciones que se efectúan en el marco de las prestaciones sociales asignadas por ley; asimismo, tiene entre sus funciones, brindar asistencia técnica a los Gobiernos Locales en el registro, organización, administración y ejecución de iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal denominadas Ollas Comunes en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 086-2021-MIDIS se aprueban tres documentos normativos para la atención de las iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal:
1. Directiva N° 005-2021-MIDIS, “Disposiciones para la asistencia técnica a los Gobiernos Locales en la atención de las iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal”,
2. Guía Nº 001-2021-MIDIS, “Guía para el registro de iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria”, y
3. Guía Nº 002-2021-MIDIS, “Guía para el funcionamiento de los comités de transparencia y acompañamiento a los Gobiernos Locales en la atención de iniciativas de apoyo alimentario temporal en contextos de desastres naturales o emergencia sanitaria”.
Que, mediante Informe N° D000095-2023-MIDIS-DPSC la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, en el marco de sus funciones y competencias y de la normativa vigente en la materia, sustenta y propone la “Directiva que establece la estrategia de seguimiento, asistencia técnica y acompañamiento a los Gobiernos Locales en el marco de la atención de los usuarios de las Ollas Comunes”, a fin de que los Gobiernos Locales y demás actores involucrados cumplan sus responsabilidades en beneficio de los usuarios de las Ollas Comunes;
Que, resulta necesario dejar sin efecto la Directiva N° 005-2021-MIDIS, “Disposiciones para la asistencia técnica a los Gobiernos Locales en la atención de las iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal”, aprobada en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 086-2021-MIDIS;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 31126, que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 01-2023-MIDIS, “Directiva que establece la estrategia de seguimiento, asistencia técnica y acompañamiento a los Gobiernos Locales en el marco de la atención de los usuarios de las Ollas Comunes”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva N° 005-2021-MIDIS, “Disposiciones para la asistencia técnica a los Gobiernos Locales en la atención de las iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal”, aprobada mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 086-2021-MIDIS.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
2155427-1