Formalizan la designación del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 131-2023-MINEDU

Lima, 23 de febrero de 2023

VISTO: El acta del Consejo Directivo de la SUNEDU de fecha 23 de febrero de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU como ente autónomo, la misma que tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye Pliego Presupuestal;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 30220, la SUNEDU es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de condiciones básicas de calidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Asimismo, establece que la SUNEDU es también responsable, en el marco de su competencia, de supervisar la calidad del servicio educativo universitario, incluyendo el servicio brindado por entidades o instituciones que por normativa específica se encuentren facultadas a otorgar grados y títulos equivalentes a los otorgados por las universidades; así como de fiscalizar si los recursos públicos y los beneficios otorgados por el marco legal a las universidades, han sido destinados a fines educativos y al mejoramiento de la calidad;

Que, el artículo 17 de la Ley N°30220, modificado por el artículo 2 de la Ley N°31520 en su parte pertinente, señala que el Superintendente de la SUNEDU es elegido entre sus miembros representantes. Asimismo, el artículo 20 de la Ley N° 30220, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 31520, establece que el Superintendente de la SUNEDU es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad y titular del pliego presupuestal. Es elegido por el periodo de tres años entre los miembros del Consejo Directivo y no puede ser reelegido. Su designación es efectuada mediante Resolución Ministerial del titular del Sector;

Que, el Consejo Directivo de la SUNEDU en sesión de fecha 23 de febrero 2023, con fe notarial, señala que “(…) al ser el Superintendente el titular del pliego y la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, es importante que su designación cuente con la mayor participación de representantes que la ley prevé, por lo cual sugiere se elija a uno en este momento, comprometiéndose los presentes a someter nuevamente a votación la elección de Superintendente cuando se incorporen los tres representantes que aún no han sido designados para este Consejo Directivo por los organismos correspondientes (…); acordando en dicho acto elegir por unanimidad al señor Manuel Enemecio Castillo Venegas, como Superintendente de la SUNEDU”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y en la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- FORMALIZAR la designación del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, al señor Manuel Enemecio Castillo Venegas, en tanto se elijan a los representantes de los organismos correspondientes conforme al considerando cuarto de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA

Ministro de Educación

2154656-1