Inscriben a ciudadanos y ciudadanas en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000005-2023-VMI/MC

San Borja, 23 de febrero del 2023

VISTOS; el Informe N° 000067-2023-DGPI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; la Hoja de Elevación N° 000117-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú dispone que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, indica también que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación, y que todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete;

Que, asimismo, el artículo 48 de la Constitución Política del Perú establece que son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la Ley;

Que, en concordancia con el marco constitucional antes descrito, los literales c) y g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, disponen que son derechos de toda persona, el usar su lengua originaria en los ámbitos público y privado, gozar y disponer de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de sus derechos en todo ámbito;

Que, de igual manera, los numerales 4 del artículo 5 y 16.1 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-MC establecen que en materia de lenguas indígenas u originarias el Ministerio de Cultura es el encargado de administrar el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias;

Que, además, la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad al 2040, aprobada por el Decreto Supremo N° 012-2021-MC, identifica cuatro objetivos prioritarios, (i) mejorar la pertinencia multicultural y multibilingüe del Estado hacia la población hablante de lenguas indígenas u originarias; (ii) reducir la discriminación por el uso de lenguas indígenas u originarias en la sociedad en general; (iii) incrementar la trasmisión intergeneracional de las lenguas indígenas u originarias y la tradición oral en la población y (iv) incrementar el dominio oral y escrito de las lenguas indígenas u originarias para sus hablantes;

Que, por su parte, el artículo 16 de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que, para la realización de la consulta, se toma en cuenta la diversidad lingüística de los pueblos indígenas u originarios, particularmente en las áreas donde la lengua oficial no es la hablada mayoritariamente por la población indígena. Para ello, los procesos de consulta deben contar con apoyo de intérpretes debidamente capacitados en los temas que van a ser objeto de consulta, quienes deben estar registrados ante el órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 002-2015-MC se crea el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, el que, a su vez, está integrado por el Registro de Intérpretes de Lenguas Indígenas u Originarias y el Registro de Intérpretes de Lenguas Indígenas u Originarias para procesos de consulta previa;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 002-2015-MC dispone que la finalidad del Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, es incorporar a ciudadanos y ciudadanas hablantes de lenguas indígenas u originarias del Perú, debidamente acreditados en interpretación y/o traducción de lenguas indígenas u originarias por el Ministerio de Cultura, para la prestación de servicios de interpretación y/o traducción en lenguas indígenas u originarias, lo que permitirá garantizar adecuadamente los derechos lingüísticos en los ámbitos público y privado, con pertinencia cultural y libre de toda forma de discriminación;

Que, a través del Informe N° 000013-2022-DLI/MC, la Dirección de Lenguas Indígenas señala que se han calificado cincuenta y tres solicitudes presentadas por ciudadanos y ciudadanas, formados en el Décimo Sexto Curso de Formación de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias, realizado en la ciudad de Puno en el año 2022; recomendando proceder con su inscripción en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, de acuerdo con la categoría asignada y conforme a la evaluación efectuada, al haber cumplido con presentar los requisitos establecidos en el antes acotado decreto supremo;

Que, mediante el Informe N° 000067-2023-DGPI/MC, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas recomienda al Despacho Viceministerial de Interculturalidad que se oficialice la inscripción de los cincuenta y tres solicitantes en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, de conformidad con la categoría asignada;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, y a lo informado por la Dirección de Lenguas Indígenas y la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con las visaciones de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 002-2015-MC, Decreto Supremo que crea el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- INSCRIBIR en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura a los siguientes ciudadanos y ciudadanas, conforme al siguiente detalle:

ÍTEM

N° DE EXPEDIENTE

SOLICITANTE

LENGUA INDÍGENA

VARIEDAD

CATEGORÍA SOLICITADA

1

2023-10685

Adan Isai Cauna Chipana

aimara

Puno

Intérprete y traductor

2

2023-10696

Alfredo Ambilla Allcca

aimara

Puno

Intérprete y traductor

3

2023-10698

Blanca Luz Quispe Canaza

aimara

Puno

Intérprete y traductora

4

2023-10732

Cesar Hugo Cutipa Quenta

aimara

Puno

Intérprete y traductor

5

2023-10750

Ecker Jean Ramos Copacati

aimara

Puno

Intérprete y traductor

6

2023-10774

Edgar Cutipa Vilca

aimara

Puno

Intérprete y traductor

7

2023-10781

Edith Toya Tinta Quispe

aimara

Puno

Intérprete y traductora

8

2023-10787

Ernesto Huichi Fernandez

aimara

Puno

Intérprete y traductor

9

2023-10795

Geronimo Ticona Alanoca

aimara

Puno

Intérprete y traductor

10

2023-10823

Gregoria Cruz Pilco

aimara

Puno

Intérprete y traductora

11

2023-10993

Luz Mery Villalva Mamani

aimara

Puno

Intérprete y traductora

12

2023-11002

Marithza Mamani Borda

aimara

Puno

Intérprete y traductora

13

2023-11004

Marvila Quispe Charaja

aimara

Puno

Intérprete y traductora

14

2023-11008

Milusca Teobalda Arocutipa Saira

aimara

Puno

Intérprete y traductora

15

2023-11016

Nestor Astete Barrientos

aimara

Puno

Intérprete y traductor

16

2023-11168

Norma Bertha Quispe Ortiz

aimara

Puno

Intérprete y traductora

17

2023-11095

Ronald Javier Anahua Cutipa

aimara

Puno

Intérprete y traductor

18

2023-11097

Yuri Dayse Yanqui Mamani

aimara

Puno

Intérprete y traductora

19

2023-10688

Alex Cesar Davila Quispe

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

20

2023-10722

Carmen Cazorla Zen

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

21

2023-10726

Celia Rosa Quispe Huahuasoncco

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

22

2023-10729

Cerafina Condori Ccahua

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

23

2023-10739

Darío García Mallqui

quechua

Áncash

Intérprete y traductor

24

2023-10744

Donofre Juan Chuco Castro

quechua

Chanka

Intérprete y traductor

25

2023-10792

Ezequiel Daniel Cabana Valverde

quechua

Áncash

Intérprete y traductor

26

2023-10818

Gilmar Zenon Quispe Cuno

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

27

2023-10870

Guido Mamani Ccallaccasi

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

28

2023-10877

Hermes Gregorio Cahuana Turpo

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

29

2023-10880

Hilda Lopez Villar

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

30

2023-10885

Jereny Pfuro Tapara

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

31

2023-10889

Jose Roberto Trillo Moreno

quechua

Chanka

Intérprete y traductor

32

2023-10898

Juvenal Rodrigo Zanabria Yma

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

33

2023-10992

Liz Julissa Camacho Zuñiga

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

34

2023-10995

Mabel Rosy Amado Acevedo

quechua

Áncash

Intérprete y traductora

35

2023-10996

Marcelino Intor Chalán

quechua

Cajamarca

Intérprete y traductor

36

2023-10997

Maria Gladys Diaz Tineo

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

37

2023-10999

Maribet Berrocal Horqque

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

38

2023-11001

Maricela Doris Ventura Cisneros

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

39

2023-11010

Mireya Merce Chura Condori

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

40

2023-11013

Mirian Milagros Quinto Coyla

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

41

2023-11160

Nolasca Chavez Falcon

quechua

Huánuco

Intérprete y traductora

42

2023-11039

Pedro Choquehuanca Catari

quechua

Inkawasi kañaris

Intérprete y traductor

43

2023-11090

Roosmel Ronald Silva Dominguez

quechua

Áncash

Intérprete y traductor

44

2023-11088

Teodoro Julio Coronel Quispe

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

45

2023-11061

Thalia Flores Astopillo

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

46

2023-11059

Victor Rodriguez Coronado

quechua

Chanka

Intérprete y traductor

47

2023-11056

Virgilio Agustin Garcia Garcia

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

48

2023-11047

William Alex Arizanca Barrantes

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

49

2023-11138

Wilmer Ramiro Cari Ventura

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductor

50

2023-11136

Wladimir Arones Cisneros

quechua

Chanka

Intérprete y traductor

51

2023-11134

Yaymy Mamani Ccallaccasi

quechua

Cusco Collao

Intérprete y traductora

52

2023-11100

Yesenia Montes Ñaupa

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

53

2023-11139

Yurico Pillaca Prado

quechua

Chanka

Intérprete y traductora

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a los ciudadanos y las ciudadanas a los que se hace referencia en el artículo 1 precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCILDA NUNTA GUIMARAES

Viceminista de Interculturalidad

2154528-1