Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a favor de la Contraloría General de la República

UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

SECRETARIA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº R-0030-2023-UNSAAC

Cusco, 18 de enero de 2023

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO.

VISTO, el Oficio Nro. 000900-2022-CG/SGE signado con el Expediente N° 478686, que contiene los actuados respecto a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 31638 se aprobó el presupuesto del Sector Público correspondiente al año Fiscal 2023 y con Resolución R-1297-2022-UNSAAC de fecha 29.12.2022. se aprobó el presupuesto Institucional de Apertura de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para el Año Fiscal 2023.

Que, el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, Ley 31358, que establece medidas para la expansión del control concurrente, que permite el financiamiento y ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control concurrente a inversiones e iniciativas de contrataciones bajo su ámbito de aplicación, así como facilitar la ejecución del control concurrente por parte de la Contraloría General de la República a las inversiones e iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyen inversión, con valor total de inversión y monto convocado respectivamente mayores a los diez (10) millones de soles.

Que, según el anexo N° 01 de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL1; para el financiamiento del control concurrente, la referida Ley establece que, debe destinarse hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de la Inversión, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro der su estructura de costos, como costos indirectos u otros costo, un rubro denominado “control concurrente”

Que, mediante oficio N° 000900-2022-CG/SGE, de fecha 30 de noviembre del 2022, la Contraloría General de la República, en el marco del artículo 4° de la Ley 31358 Ley que establece las medidas para la expansión del Control concurrente, para el financiamiento de este mecanismo de control autoriza a las entidades efectúen transferencias financieras a favor del pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), a cuyo efecto se autoriza a los pliegos involucrados a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” en ese sentido a través del precitado oficio a fin de dar cumplimiento al mandato establecido se presenta el detalle del monto determinado a ser transferido para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutados para la inversión a cargo de la Entidad para el Proyecto de Inversión con CIU 2199844 denominado: “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE PARA EL PROCESO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN LA UNSAAC-CUSCO” que previa coordinación con la Unidad Ejecutora de Inversiones, se ha determinado la suma de dos millones ciento ochenta y tres mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles (S/ 2 183 789.00).

Que, en efecto la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, expide el informe de disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 000000001-2023, precisando la existencia de crédito presupuestario para atender lo solicitado, según anexo que forma parte de la presente Resolución;

Que, obra en el Expediente el Oficio Nro. 046-2023-DIGA-UNSAAC, a través del cual la Directora General de Administración señala, considerando el Oficio Nº 006-2023-UEI-DIGA- UNSAAC, cursado por el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, que adjunta el Informe Nº 08-A “Registros en la Fase de ejecución” , en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y estando a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nª 0000000001, a la Ley 31638 que aprueba el presupuesto del Sector Público 2023 y la Resolución Nº R-1297-2022-UNSAAC, que aprueba el presupuesto Institucional de Apertura PIA de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, solicito se sirva disponer la emisión de Resolución, disponiendo la transferencia requerida para la Contraloría General de la República,

Estando a lo solicitado, Ley 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023,y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 511 Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, la suma de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 2 183 789.00), por la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados; rubro : 18 Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones; a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República; con la finalidad de financiar el Servicio de Control Concurrente del Proyecto de Inversión con CIU 2199844 denominado: “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE PARA EL PROCESO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN LA UNSAAC-CUSCO”.

Segundo.- ESTABLECER, que los recursos financieros materia de la transferencia autorizada, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Tercero.- DISPONER; a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, coordinen realizar las acciones administrativas pertinentes, a través de sus unidades orgánicas competentes, para la realización de la transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente, debiendo informar al Titular de Pliego del resultado de tales acciones.

Cuarto.- ENCARGAR; a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, cumpla con realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Página Web de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

2154240-1