Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria
ORDENANZA Nº 410/MLV
La Victoria, 31 de enero de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de fecha 31 de enero de 2023,
VISTO: El Informe Nº 000010-2023-GPP/MLV, de fecha 31 de enero de 2023 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 000031-2023-GAJ/MLV, de fecha 31 de enero de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorando Nº 000107-2023-GM/MLV de fecha 31 de enero de 2023;y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444;
Que, la normativa antes aludida, en su artículo 40º, establece que las Ordenanzas son las normas de Carácter General de mayor Jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; precisando en su artículo 9º, numerales 8) y 19) que, corresponde al Consejo Municipal “Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, así como aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales”;
Que, con Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; posteriormente, con Resolución de Secretaría de Integridad Pública N.º 001-2019-PCM/SIP de fecha 24 de julio de 2019, se aprueba la Directiva Nº 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, con la finalidad de asegurar la efectiva implementación de la función de integridad pública;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modificado con el Decreto Legislativo Nº 1446, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, conforme establece el artículo 6º de la Ley Nº 27658, el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: (a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justificada y amparada en sus normas; (b) Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; (c) En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afines;
Que, el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, modifica al Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, precisando en su artículo 46º que, se requiere la aprobación o modificación del ROF, según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modificación de funciones, sin que se modifique la estructura orgánica;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como finalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Coligiéndose que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación;
Que mediante Ordenanza Nº 297-2019/MLV, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Victoria; posteriormente con Ordenanzas Nº 311-2019/MLV, 320-2019/MLV, 347-2020/MLV y 392-2022/MLV, se realizaron modificaciones sustanciales al mencionado Reglamento y a la estructuración organizativa de la Entidad, ocasionando, estas últimas, una incongruencia en la aplicación específica del contenido ROF inicial, lo cual podría inducir a error en el cumplimiento de las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la Entidad;
Que, mediante Informe Nº 000010-2023-GPP/MLV, de fecha 31 de enero de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, ante la solicitud de la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, Subgerencia de Contabilidad y Finanzas, Subgerencia de Planificación y Modernización; propone la Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria; con la finalidad de incrementar el nivel de eficiencia y eficacia, mejorar la atención al ciudadano, así como optimizar el uso de recursos públicos, instrumento que guarda congruencia con las competencias previstas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo 46º de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en base a las normas sustantivas que otorgan funciones a los puestos de gobiernos locales, por lo que recomienda que la modificación del ROF sea aprobado;
Que, a través de Informe Nº 000031-2023-GAJ/MLV, de fecha 31 de enero de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la propuesta de Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria, ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, estando arreglada a derecho y guarda concordancia con normatividad de la materia, por lo que emite opinión legal favorable correspondiendo su aprobación mediante Ordenanza;
Que, mediante Dictamen Nº 002-2023-CPPAL/MDLV, la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales, RECOMIENDA al Concejo Municipal Aprobar la Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria;
Estando a los considerandos expuestos y de conformidad a las facultades establecidas conferidas por el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DEROGAR las Ordenanzas Nº 297-2019/MLV, Nº 311-2019/MLV, 320-2019/MLV, 347-2020/MLV y 392-2022/MLV, así como toda norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación y Presupuesto y demás órganos y unidades orgánicas el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y el texto íntegro del ROF en el portal web del mencionado diario, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el portal del Estado Peruano y en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RUBEN CANO ALTEZ
Alcalde
2152604-1