Modifican lo dispuesto por el numeral 20.4 del artículo 20 del Reglamento de Órganos Resolutivos, aprobado por Resolución
Nº 044-2018-OS/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
Nº 026-2023-OS/CD
Lima, 14 de febrero de 2023
VISTO:
El Memorándum N° STOR-97-2023, elaborado por la Secretaría Técnica de Órganos Resolutivos, mediante el cual se somete a consideración del Consejo Directivo, la aprobación de modificación del numeral 20.4 del artículo 20 del Reglamento de Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD.
CONSIDERANDO:
Que, en ejercicio de la función normativa, prevista en el literal c) del numeral 3.1. del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD, publicada con fecha 14 de marzo de 2018, se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin (el Reglamento) que rige el funcionamiento y conformación de los órganos resolutivos, entre ellos, la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU y el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM,
Que, en el marco de la normativa vigente, el referido Reglamento recoge las disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM;
Que, es necesario atender la carga procesal que ha tenido un aumento significativo en los últimos años y dado que el periodo para ejercer funciones de algunos vocales ya venció o está por vencer y que a pesar que las designaciones se han venido realizando por concurso público, del resultado de estos se aprecian plazas no cubiertas que deben estar sujetas a nuevos concursos lo que pone en riesgo la demora en la tramitación de la referida carga;
Que, en tal sentido, es necesario modificar las disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM contenidas en el Reglamento para garantizar una continuidad en la tramitación de los procedimientos;
Que, por las razones expuestas corresponde modificar el numeral 20.4 del artículo 20° del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD, vinculado al plazo de vigencia de la designación de los vocales de la JARU y del TASTEM;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 05-2023.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 20.4 artículo 20° del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución Nº 044-2018-OS/CD, en los siguientes términos:
“Artículo 20.- Disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM
(…)
20.4 Mientras no se realice la designación de los nuevos vocales de la JARU y el TASTEM, el vocal puede mantenerse en funciones hasta la designación de nuevos vocales.
(…)”.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).
OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo
2151837-1