Modifican lo dispuesto por el numeral 20.4 del artículo 20 del Reglamento de Órganos Resolutivos, aprobado por Resolución
Nº 044-2018-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

Nº 026-2023-OS/CD

Lima, 14 de febrero de 2023

VISTO:

El Memorándum N° STOR-97-2023, elaborado por la Secretaría Técnica de Órganos Resolutivos, mediante el cual se somete a consideración del Consejo Directivo, la aprobación de modificación del numeral 20.4 del artículo 20 del Reglamento de Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD.

CONSIDERANDO:

Que, en ejercicio de la función normativa, prevista en el literal c) del numeral 3.1. del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD, publicada con fecha 14 de marzo de 2018, se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin (el Reglamento) que rige el funcionamiento y conformación de los órganos resolutivos, entre ellos, la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU y el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM,

Que, en el marco de la normativa vigente, el referido Reglamento recoge las disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM;

Que, es necesario atender la carga procesal que ha tenido un aumento significativo en los últimos años y dado que el periodo para ejercer funciones de algunos vocales ya venció o está por vencer y que a pesar que las designaciones se han venido realizando por concurso público, del resultado de estos se aprecian plazas no cubiertas que deben estar sujetas a nuevos concursos lo que pone en riesgo la demora en la tramitación de la referida carga;

Que, en tal sentido, es necesario modificar las disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM contenidas en el Reglamento para garantizar una continuidad en la tramitación de los procedimientos;

Que, por las razones expuestas corresponde modificar el numeral 20.4 del artículo 20° del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD, vinculado al plazo de vigencia de la designación de los vocales de la JARU y del TASTEM;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 05-2023.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 20.4 artículo 20° del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución Nº 044-2018-OS/CD, en los siguientes términos:

“Artículo 20.- Disposiciones sobre designación de los vocales de la JARU y del TASTEM

(…)

20.4 Mientras no se realice la designación de los nuevos vocales de la JARU y el TASTEM, el vocal puede mantenerse en funciones hasta la designación de nuevos vocales.

(…)”.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).

OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ

Presidente del Consejo Directivo

2151837-1