Otorgan a favor de la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C. concesión temporal para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Parque Eólico Huáscar”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 050-2023-MINEM/DM

Lima, 13 de febrero de 2023

VISTOS: El Expediente N° 27405522 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura central eólica “Parque Eólico Huáscar”, presentado por la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C.; el Informe N° 064-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 080-2023-MINEM/VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 0156-2023-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento con Registro N° 3394218, de fecha 12 de diciembre de 2022, complementado con los documentos con Registros Nos. 3402325 y 3412439, de fechas 29 de diciembre de 2022 y 9 de enero de 2023, respectivamente, ZEUS ENERGÍA S.A.C. (en adelante, ZEUS) solicita el otorgamiento de una concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Parque Eólico Huáscar” (en adelante, “P.E. HUÁSCAR”), ubicado en el distrito de Paita, provincia de Paita y departamento de Piura, con una potencia estimada de 300 MW, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, los Estudios de Factibilidad, mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de Paita, provincia de Paita y departamento de Piura; en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente;

Que, en los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias; por lo que concluyen que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto ”Parque Eólico Huáscar”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C. la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Parque Eólico Huáscar” con una potencia instalada estimada de 300 MW. Dichos estudios se realizarán en el distrito de Paita, provincia de Paita y departamento de Piura; por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 17 Sur:

VÉRTICE

ESTE

NORTE

A

484883.1203

9430715.7386

B

485462.1365

9428573.4245

C

487012.5913

9429897.1380

D

487256.0364

9427066.3533

E

487652.2379

9424870.4075

F

488698.3121

9421351.7359

G

483545.1813

9418961.0726

H

481692.9354

9421216.5747

I

481432.0348

9427822.8520

Artículo 3.- Disponer que la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C. realice los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, la Resolución Directoral N° 046-2010-EM/DGE, y demás normas legales pertinentes.

Artículo 4.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente, será fiscalizado por las entidades competentes, de conformidad a la normativa vigente, a fin de determinar las acciones que correspondan.

Artículo 5.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C. no cumpliera con las obligaciones contraídas, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fiel cumplimiento; la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una (1) sola vez, en el diario oficial “El Peruano” por cuenta de la empresa ZEUS ENERGÍA S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2151450-1