Modifican el artículo 1 de la R.J. N° 000009-2023-SIS/J, que aprobó la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a favor de diversos afiliados

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000018-2023-SIS/J

La Victoria, 10 de febrero del 2023

VISTOS: El Informe N° 000004-2023-SIS/OGAR-UT de la Unidad Funcional de Tesorería, el Memorando N° 000169-2023-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos; el Informe N° 000005-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR y los Memorandos N° 000342 y N° 000372-2023-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Memorando N° 000194-2023-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Legal N° 000064-2023-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01 “Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud”, modificada con Resolución Jefatural N° 133-2017/SIS, la cual establece las disposiciones para el reconocimiento, pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS;

Que, a través de la Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS, se actualiza la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de las Prestaciones Económicas de Sepelio para los Asegurados del Seguro Integral de Salud”, cuya finalidad es dotar al SIS de un procedimiento que regule la tramitación y reconocimiento del reembolso de la prestación económica de sepelio para los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo del SIS;

Que, los numerales 8.1 y 8.2 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 establecen, respectivamente, que “La presente Directiva Administrativa se aplica para el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la PES y los procedimientos complementarios comprendidos en la presente Directiva Administrativa, a partir de su vigencia” y que “Los expedientes de la PES cuyo trámite aún no haya finalizado a la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva Administrativa, continuarán tramitándose de acuerdo a las disposiciones de la normatividad vigente al momento de su tramitación y hasta su reembolso”;

Que, mediante la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J de fecha 16 de enero del 2023, se aprobó la programación de pago de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 21,834,014.37 (Veintiún millones ochocientos treinta y cuatro mil catorce y 37/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, y S/ 263,300.00 (Doscientos sesenta y tres mil trescientos y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000003-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR;

Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del referido Reglamento, se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria, entre otros aspectos, cuando: “1. su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública”;

Que, mediante el Informe N° 000004-2023-SIS/OGAR-UT, el director ejecutivo de la Unidad Funcional de Tesorería hace de conocimiento del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos que “La Unidad Funcional de Tesorería de la OGAR en el marco a sus competencias funcionales concluye que a la fecha no resulta viable efectuar ejecuciones de gastos con la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados-RDR por carecer de Asignación Financiera para el presente ejercicio fiscal 2023 en concordancia con las normas legales emitidas por la dirección de normatividad de Tesoro Público”, y traslada el mismo a través del Memorando N° 000169-2023-SIS/OGAR;

Que, a través del Memorando N° 000194-2023-SIS/OGPPDO, el Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO aprueba la ampliación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 002, cuyo monto asciende a S/ 22 097 315,00 (Veintidós millones noventa y siete mil trescientos quince y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en mérito al Memorando N° 000342-2023-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF;

Que, a través del Memorando N° 000372-2023-SIS/GNF, el Gerente de la GNF hace suyo el Informe N° 000005-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR, por medio del cual, entre otros aspectos, concluye en “la modificación del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J, por la suma aprobada de S/ 22,096,314.37 en la FF de RO”, así como “Conservar los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J de fecha 16 de enero del 2023, que no se opongan (…)”;

Que, mediante Informe Legal N° 000064-2023-SIS/OGAJ, el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, sobre la base de las opiniones técnicas de la OGAR, OGPPDO y GNF, considera que resulta viable que el Jefe del SIS al amparo de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de las Prestaciones Económicas de Sepelio para los Asegurados del Seguro Integral de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS, emita la resolución jefatural que i) Modifique el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J, por la suma aprobada de S/ 22 096 314,37 (Veintidós millones noventa y seis mil trescientos catorce y 37/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000005-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR y ii) Conserve los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J de fecha 16 de enero del 2023;

Con el visto del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS; en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, el mismo que queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 1.- Aprobar la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 22 096 314,37 (Veintidós millones noventa y seis mil trescientos catorce y 37/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000005-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR”.

Artículo 2.- Conservar los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000009-2023-SIS/J de fecha 16 de enero de 2023, que no se opongan a la presente resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración de Recursos, a fin de realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio señalada en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CIRO ABEL MESTAS VALERO

Jefe del Seguro Integral de Salud

2150993-1