Establecen la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública
ORDENANZA Nº 157-2023-mDMM
Magdalena del Mar, 31 de enero de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 02 de la fecha;
VISTO:
El Informe Técnico Conjunto Nº 001-2023-SGCADE-SGPVECDR/MDMM emitido por la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, Informe Nº 0003-2023-GDSGA-MDMM emitido por la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, Memorándum Múltiple Nº 071-2023-GM/MDMM emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 038-2023-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, concordante con el artículo 11º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; entendiéndose por autonomía política como aquella facultad de adoptar políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar funciones que le son inherentes, conforme a lo establecido en el numeral 9.1), artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización;
Que, mediante los informes del visto se da viabilidad técnica y legal de la emisión de la presente ordenanza.
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º, el artículo 40º y 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA
PROHIBICIÓN DE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS
Y/O ADENDAS, EN TODAS SUS MODALIDADES, PARA LA INSTALACIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS EN VÍA PÚBLICA.
Artículo Primero.- ESTABLECER la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la administración la revisión del cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la Publicación en el Diario Oficial “El Peruano” la presente Ordenanza; y a la Oficina General de Tecnología de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Francis Jame Allison Oyague
Alcalde
2149579-1