Ordenanza Municipal que exonera los derechos administrativos correspondientes a la tramitación de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 003-2023/MDV
Ventanilla, 2 de febrero de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal Distrital presencial y virtual, de fecha 02 de febrero de 2023, los Informes Nº 058-2023/MDV-SG-SGAVRC y Nº 059-2023/MDV-SG-SGAVRC de la Subgerencia de Atención al Vecino y Registro Civil, el Memorando Nº 141-2023/MDV-SG y Nº 147-2023/MDV-SG de la Secretaría General, el Memorando Nº 011-2023/MDV-SSM-GGSSSM de la Gerencia General del Sistema de Salud Municipal Ventanilla, el Memorando Nº 039-2023/MDV-SSM-GSS de la Gerencia de Servicios de Salud, los Memorandos Nº 149-2023/MDV-GPLP y Nº 156-2023/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, los Informes Nº 141-2023/MDV/GPLP-SGP y Nº 148-2023/MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Legal Nº 049-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 568 de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 005-2023-MDV-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, respecto a la emisión de la Ordenanza Municipal que exonera los derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil Comunitario, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, con la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES A LA TRAMITACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Artículo 1.- EXONERAR del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil, a las parejas inscritas para la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el 18 de febrero del presente año, en el “Parque Zonal Cultural Bicentenario”; según el siguiente detalle:
- Apertura de expediente matrimonial: S/ 50.36.
- Celebración de matrimonio: S/ 200.00.
- Examen Médico Prenupcial: S/ 12.50.
Artículo 2.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza.
Artículo 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO
Alcalde
2149005-1