Resolución Ministerial que autoriza a PETROPERÚ S.A. a concertar una operación de endeudamiento sin la garantía del gobierno nacional, bajo la modalidad de carta fianza
Resolución Ministerial
N° 041-2023-EF/52
Lima, 1 de febrero del 2023
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, las Empresas Públicas No Financieras pueden concertar operaciones de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional, previa autorización otorgada mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en el marco de la norma señalada en el considerando precedente, la Empresa Petróleos del Perú S.A. – PETROPERÚ S.A., mediante la Carta N° PRES-0394-2022 solicita la autorización para concertar una operación de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional, bajo la modalidad de carta fianza, hasta por la suma de US$ 22 000 000,00 (VEINTIDÓS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), requerida para la suscripción del Contrato de Licencia en el Lote 192;
Que, la indicada operación de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional cumple con los requisitos establecidos en el artículo 22 de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01;
Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y en el artículo 22 de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorización para concertar una operación de endeudamiento sin garantía del Gobierno Nacional
Autorizar a la empresa Petróleos del Perú S.A. – PETROPERÚ S.A. a concertar una operación de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional, bajo la modalidad de Carta Fianza, hasta por la suma de US$ 22 000 000,00 (VEINTIDÓS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), por un periodo de vigencia de un (01) año y cuarenta y cinco (45) días, renovables hasta por un plazo de doce (12) años, requerida para la suscripción del Contrato de Licencia en el Lote 192.
Artículo 2. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
2147915-1