Postergan plazo de actualización de montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo

Resolución Ministerial

N° 031-2023-EF/15

Lima, 30 de enero del 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15 y normas modificatorias, se establecen disposiciones para la aplicación de factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo;

Que, la citada Resolución Ministerial establece que los montos fijos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV, vigentes, pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1%); tratándose de los montos fijos del Nuevo Apéndice III adicionalmente la ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50; asimismo establece que el Ministerio de Economía y Finanzas determina y publica los montos fijos actualizados, dentro de los primeros treinta (30) días calendario del mes de enero de cada año;

Que, resulta conveniente postergar el plazo para la determinación y publicación de los montos fijos actualizados para el año 2023;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Para el año 2023, el Ministerio de Economía y Finanzas puede determinar y publicar los montos fijos actualizados, a que se refiere el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 026-2001-EF/15, hasta el 30 de junio de 2023.

Para efecto de lo señalado en el encabezado del literal a), numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 026-2001-EF/15, considérese el IPC del mes anterior al de la actualización.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

2147140-1