Aprueban el Plan Anual 2023 para la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 014-2023-OS/CD
Lima, 27 de enero de 2023
VISTOS:
Los Informes N° 028-2023-GRT y N° 029-2023-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin.
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 09 de diciembre de 2000, se suscribió el Contrato BOOT de Concesión de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, siendo la actual concesionaria la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante “Cálidda”);
Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “Reglamento de Distribución”), en cuyo artículo 63c se señala que los Planes Anuales a través de los cuales se ejecuta y actualiza el Plan Quinquenal de Inversiones (en adelante “PQI”) correspondiente a una concesión, son de ejecución obligatoria y deben ser aprobados por Osinergmin. Para dicho fin, el Concesionario debe remitir su propuesta de plan anual con el sustento correspondiente, dentro de la primera quincena de diciembre del año previo a su ejecución;
Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 63c, los Planes Anuales deben detallar y/o actualizar la programación de la ejecución de las obras aprobadas en el Plan Quinquenal de Inversiones, mediante los adelantos o postergaciones dentro del periodo regulatorio. Para ello, el Concesionario debe remitir al Ministerio de Energía y Minas, con copia a Osinergmin, su propuesta de Plan Anual con el sustento correspondiente, dentro de la primera quincena de diciembre del año previo a su ejecución;
Que, en cuanto a la aprobación de los Planes Anuales, el literal d) del artículo 63c señala que Osinergmin cuenta con un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados desde la presentación de la propuesta del Concesionario para su evaluación y aprobación respectiva. La aprobación se efectúa considerando años calendarios, detallando las zonas y el cronograma donde se ejecutarán las obras en periodos trimestrales, debiendo indicar, además, los proyectos no aprobados en caso correspondan;
Que, al amparo de dicha normativa, mediante Resolución N° 079-2022-OS/CD (en adelante, “Resolución 079”), modificada mediante Resolución N° 138-2022-OS/CD, se aprobó, entre otros, el PQI de la concesión de Lima y Callao para el periodo 2022 – 2026;
Que, mediante Carta N° 2022-127226, recibida el 15 de diciembre de 2022, según el Registro GRT N° 11747-2022, Cálidda remitió su propuesta del Plan Anual 2023, solicitando la aprobación por parte del Osinergmin;
Que, con la finalidad de cumplir con el encargo contenido en el Reglamento de Distribución, corresponde a Osinergmin evaluar y aprobar el Plan Anual 2023 para la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, considerando lo dispuesto en el artículo 63c del citado reglamento, así como el inventario de instalaciones y la valorización del PQI para el periodo 2022 – 2026 detallados en el Anexo 1 de la Resolución 079 y sus modificatorias;
Que, se han emitido el Informe Técnico N° 028-2023-GRT de la División de Gas Natural y el Informe Legal N° 029-2023-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, que complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM y sus modificatorias, y en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas, y;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 02-2023.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual 2023 para la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, el cual deberá ser ejecutado conforme a lo siguiente:
1.1. Las Redes de acero y polietileno a ser instaladas en el año 2023 por el Concesionario se detallan en los siguientes cuadros:
Cuadro N° 1
Redes de Acero
Distrito |
Instalaciones aprobadas (m) |
||
Gasoducto |
Tuberías de Conexión |
Total |
|
Callao |
3 749 |
9 |
3 758 |
San Martín de Porres |
2 101 |
- |
2 101 |
Total Gasoductos |
5 850 |
9 |
5 859 |
Cuadro N° 2
Redes de Polietileno
Distrito |
Instalaciones aprobadas (m) |
||
Gasoducto |
Tuberías de Conexión |
Total |
|
Ancón |
206 184 |
- |
206 184 |
Ate |
3 144 |
- |
3 144 |
Breña |
95 |
- |
95 |
Callao |
29 |
- |
29 |
Carabayllo |
15 561 |
- |
15 561 |
Chaclacayo |
23 319 |
- |
23 319 |
Chorrillos |
1 770 |
- |
1 770 |
Cieneguilla |
66 |
- |
66 |
Comas |
920 |
- |
920 |
El Agustino |
306 |
- |
306 |
La Victoria |
83 |
- |
83 |
Lima |
20 115 |
- |
20 115 |
Lince |
53 |
- |
53 |
Los Olivos |
27 |
- |
27 |
Lurigancho |
52 997 |
- |
52 997 |
Magdalena Del Mar |
341 |
- |
341 |
Pueblo Libre |
279 |
- |
279 |
Puente Piedra |
601 |
- |
601 |
San Juan De Lurigancho |
81 460 |
- |
81 460 |
San Luis |
3 144 |
- |
3 144 |
San Miguel |
641 |
3 |
644 |
Santa Rosa |
57 020 |
- |
57 020 |
Surquillo |
38 |
- |
38 |
Ventanilla |
11 600 |
- |
11 600 |
Villa El Salvador |
856 |
- |
856 |
Villa Maria Del Triunfo |
39 372 |
- |
39 372 |
Total Gasoductos |
520 023 |
3 |
520 026 |
1.2. En lo que respecta a las estaciones de regulación de presión y City Gates, el Concesionario no ha previsto ninguna instalación para el año 2023.
1.3. Las válvulas para instalar en el año 2023 por el Concesionario se detallan en el cuadro siguiente:
Cuadro N° 3
Válvulas
Distrito |
Válvulas (unidades) |
||
Acero |
Polietileno |
Total |
|
Ancón |
- |
83 |
83 |
Ate |
- |
3 |
3 |
Callao |
- |
1 |
1 |
Carabayllo |
- |
6 |
6 |
Chaclacayo |
- |
8 |
8 |
Chorrillos |
- |
2 |
2 |
Comas |
- |
1 |
1 |
La Victoria |
- |
1 |
1 |
Lima |
- |
29 |
29 |
Lurigancho |
- |
21 |
21 |
Puente Piedra |
- |
1 |
1 |
San Juan De Lurigancho |
- |
63 |
63 |
San Luis |
- |
3 |
3 |
San Miguel |
- |
1 |
1 |
Santa Rosa |
- |
31 |
31 |
Ventanilla |
- |
7 |
7 |
Villa El Salvador |
- |
2 |
2 |
Villa Maria Del Triunfo |
- |
41 |
41 |
Total Válvulas |
- |
304 |
304 |
1.4. Las Obras Especiales para instalar en el año 2023 por el Concesionario se detallan en el siguiente cuadro:
Cuadro N° 4
Obras Especiales
Distrito |
Obras Especiales Aprobadas (unidades) |
|||
Cruce de ríos |
Cruce de vías |
Hot Tap |
Otras Obras Especiales |
|
Ancón |
- |
8 |
2 |
1 |
Breña |
- |
- |
1 |
- |
Chaclacayo |
- |
2 |
- |
- |
Lima |
- |
3 |
- |
- |
Lince |
- |
- |
1 |
- |
Los Olivos |
- |
- |
1 |
- |
Lurigancho |
- |
6 |
- |
8 |
Magdalena Del Mar |
- |
- |
1 |
- |
San Juan De Lurigancho |
- |
- |
1 |
- |
San Luis |
- |
1 |
- |
- |
San Miguel |
- |
- |
1 |
- |
Santa Rosa |
- |
3 |
- |
- |
Surquillo |
- |
- |
1 |
- |
Total General |
- |
23 |
9 |
9 |
Artículo 2.- Disponer que las redes e instalaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución deberán ser ejecutadas conforme al mapa temático que consta como anexo del Informe Técnico N° 028-2023-GRT.
Artículo 3.- Disponer que las redes e instalaciones aprobadas en el Plan Anual 2023 deberán ser ejecutadas por el Concesionario conforme a lo detallado en los artículos 1 y 2 de la presente resolución y que el cumplimiento del Plan Anual 2023 y sus respectivas actualizaciones será materia de supervisión por parte de Osinergmin.
Artículo 4.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 5.- Incorporar el Informe técnico N° 028-2023-GRT y el Informe Legal N° 029-2023-GRT, como parte integrante de la presente resolución.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y consignarla, junto con el Informe Técnico N° 028-2023-GRT y el Informe Legal N° 029-2023-GRT, en el portal institucional de Osinergmin:
https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx
OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo
2146848-1