Aprueban la Décimo Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 055-95, respecto a la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa - Santa Rosa, cuyo titular es CONELSUR LT S.A.C.

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 030-2023-MINEM/DM

Lima, 26 de enero de 2023

VISTOS: El Expediente N° 14002193 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa; la solicitud de modificación de la mencionada concesión definitiva presentada por la empresa CONELSUR LT S.A.C. (en adelante, CONELSUR); los Informes N° 911-2022-MINEM/DGE-DCE y N° 022-2023-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00034-2023/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 0064-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 031-95-EM publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 7 de mayo de 1995, se otorga a favor de Empresa de Generación Eléctrica de Lima S.A.A. - EDEGEL S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para diversas líneas de transmisión (en adelante, la CONCESIÓN) que figuran en el Expediente N° 14002193, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa, aprobándose el Contrato de Concesión N° 055-95 (en adelante, CONTRATO);

Que, mediante Resolución Ministerial N° 474-2016-MEM/DM publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 16 de noviembre de 2016, se aprueba la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en diversas líneas de transmisión, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa, así como de las respectivas servidumbres, que efectúa EDEGEL S.A.A. (ahora, Enel Generación Perú S.A.A.) a favor de CONELSUR, quien asume los derechos y obligaciones del CONTRATO respecto de dichas líneas de transmisión;

Que, cabe referir que, hasta la fecha, la Dirección General de Electricidad ha señalado que se han aprobado diez modificaciones a la CONCESIÓN y al CONTRATO, en relación con la configuración de las líneas de transmisión, la regularización de obras, entre otros motivos, debidamente sustentados en su oportunidad;

Que, mediante documento con registro N° 3379977 de fecha 28 de octubre de 2022, CONELSUR solicita la décimo primera modificación de la CONCESIÓN, respecto a la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa, a fin de modificar su configuración en los siguientes tres (3) tramos: (i) “C.H. Moyopampa – S.E. Portillo”, (ii) “S.E. Portillo – T-89”, y (iii) “T-91 – S.E. Santa Rosa”; debido a las derivaciones efectuadas hacia la S.E. Gloria 60/22,9 kV y la futura S.E. Portillo 60 kV, así como la incorporación a la CONCESIÓN de la futura S.E. Portillo 60 kV y enlaces asociados;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que CONELSUR ha cumplido con lo establecido en las normas sectoriales; por lo que consideran procedente aprobar la solicitud de la décimo primera modificación de la CONCESIÓN y la Décimo Primera Modificación al CONTRATO;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Décimo Primera Modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para diversas líneas de transmisión, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa; por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la Décimo Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 055-95, respecto a la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa – Santa Rosa, cuyo titular es CONELSUR LT S.A.C., modificándose el Anexo N° 2, los literales d) y f) del numeral 2, el numeral 3 del Anexo N° 4, los Anexos N° 5, N° 6 y N° 7; por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Décimo Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 055-95 y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Décimo Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 055-95, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la empresa CONELSUR LT S.A.C., conjuntamente con los informes de vistos y que forman parte integrante de la misma, de conformidad con el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de CONELSUR LT S.A.C., de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2146802-1