Modifican la R.M. N° 002-2023-MINEDU, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2023
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 075-2023-MINEDU
Lima, 26 de enero de 2023
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° OGC2023-INT-0007975; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado puedan delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal;
Que, conforme a lo establecido en el literal n) del artículo 10 de la Ley N° 31224, el(la) ministro(a) de Educación, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es la más alta autoridad política del sector, quien ejerce las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la normativa vigente; pudiendo delegar, en funcionarios de su cartera ministerial facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, (en adelante, TUO de la LPAG), establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;
Que, con Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, modificada con Resolución Ministerial N° 014-2023-MINEDU, se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023;
Que, el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE, dispone que para el otorgamiento de la autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, el titular del pliego correspondiente o a quien este faculte debe presentar al Jurado Electoral Especial (JEE) el formato de solicitud;
Que, del mismo modo, el numeral 24.1 del artículo 24, del referido Reglamento, dispone que el titular del pliego o a quien este faculte, debe presentar al JEE, el formato de reporte posterior a la difusión de publicidad estatal a través de medios distintos a la radio o la televisión;
Que, mediante Oficio N° 00005-2023-MINEDU/SG-OGC, la Oficina General de Comunicaciones remite a la Secretaría General el Informe N° 00005-2023-MINEDU/SG-OGC-OCOM, a través del cual la Oficina de Comunicaciones, propone se delegue en el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación la facultad de presentar al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial los formatos de autorización previa y reporte posterior de publicidad estatal, conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral;
Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario modificar el ítem 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2023, para delegar en el/la Secretario/a General, la facultad de presentar al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial los formatos de autorización previa y reporte posterior de publicidad estatal, conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2023, en los términos siguientes:
“(…)
Artículo 3.- DELEGAR EN EL/LA SECRETARIO/A GENERAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2023, LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES:
(…)
3.5 Sobre documentos normativos y acciones administrativas de conformidad con el marco legal vigente:
(…)
d. Presentar al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial, el formato de autorización previa y reporte posterior de publicidad estatal referidos en los artículos 23 y 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE.”
Articulo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA
Ministro de Educación
2146410-1