Modifican el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 015-2023-MINEDU
Lima, 23 de enero de 2023
VISTO, el Expediente Nº DIED2022-INT-0105538, el Informe Nº 00056-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe Nº 00052-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00062-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial (en adelante, CPM);
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la CPM, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la Ley de Reforma Magisterial establece que el ingreso a la CPM es por concurso público y se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial; asimismo, el artículo 19 de la mencionada Ley, establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la CPM;
Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley, establece que el concurso para el ingreso a la CPM durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad referida en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente. Para postular se requiere ser profesional con título de profesor o licenciado en educación;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, dispone que el contrato de servicio docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva, entre otros aspectos;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU, modificada por la Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, el cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU, modificada por las Resoluciones Viceministeriales Nº 164-2022-MINEDU y Nº 005-2023-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba el respectivo cronograma;
Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio Nº 00129-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00056-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, en el que sustenta la necesidad de modificar, incorporar y derogar algunas disposiciones del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, con la finalidad de que los comités de evaluación tengan las condiciones necesarias para su conformación y la aplicación de los instrumentos de evaluación en la Etapa Descentralizada del mencionado concurso, de tal manera que se garantice la idoneidad y transparencia del proceso de evaluación en el marco del principio de mérito y capacidad del magisterio público (en adelante, la propuesta);
Que, la propuesta de modificación normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), así como de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) y de la Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID), dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que, mediante el Informe Nº 00052-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta por cuanto su objeto y alcance se encuentran alineados con los objetivos institucionales y estratégicos del sector. Asimismo, desde el punto de vista presupuestal, no se irrogarán gastos adicionales;
Que, asimismo, con Informe Nº 00062-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los numerales 5.6.7.4, 5.6.7.5 y 5.6.7.8, el literal b) del numeral 5.6.7.17, los numerales 5.6.9.2.2, 5.6.15.4.2, los literales d) y e) del numeral 6.2, los literales f) e i) del numeral 6.3 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al anexo Nº 1 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar los numerales 5.6.14.4 y 5.6.7.23 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU.
Artículo 3.- Incorporar el numeral 5.7.14 al documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo Nº 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Modificar el apartado 2 del Anexo II del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo Nº 3 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCANTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica
2145470-1