Disponen eliminar ocho procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000016-2023-MC

San Borja, 13 de enero del 2023

VISTOS; el Informe N° 000256-2022-DGM/MC de la Dirección General de Museos; el Memorando N° 000017-2023-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; los Memorandos N° 000972-2022-OGPP/MC y N° 000015-2023-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000064-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, con Decreto Supremo N° 001-2015-MC, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura, modificado por Resolución Ministerial N° 030-2019-MC, Resolución Ministerial N° 055-2020-MC, y Resolución Ministerial N° 000264-2020-DM/MC;

Que, el numeral 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad;

Que, asimismo, el numeral 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444, establece que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por resolución ministerial del sector;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 2.12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo N° 1448; como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados; y, emitir las disposiciones normativas que correspondan para eliminar o simplificar requisitos como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria;

Que, al respecto, en virtud a los resultados del Análisis de Calidad Regulatoria ex ante efectuado, se aprueba el Decreto Supremo N° 007-2020-MC, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; y, el Decreto Supremo N° 011-2022-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; en los cuales no se establecen procedimientos administrativos referidos a la aprobación de informes finales o anuales de intervenciones arqueológicas, o de proyectos de investigación de colecciones y fondos museográficos administrados por el Ministerio de Cultura;

Que, en ese marco, mediante el Informe N° 000256-2022-DGM/MC, la Dirección General de Museos solicita la eliminación del procedimiento administrativo “Aprobación del informe final de proyectos de investigación de colecciones y fondos museográficos administrados por el Ministerio de Cultura”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MC y modificatorias;

Que, asimismo, con el Memorando N° 000017-2023-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble brinda su opinión favorable respecto a la eliminación de los procedimientos administrativos relativos a la aprobación de informes finales o anuales de intervenciones arqueológicas, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura;

Que, en ese sentido, a través de los Memorandos N° 000972-2022-OGPP/MC y N° 000015-2023-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes N° 000300-2022-OOM/MC y Nº 000006-2023-OOM/MC, respectivamente, de la Oficina de Organización y Modernización, a través de los cuales se propone la eliminación de ocho procedimientos administrativos referidos a la aprobación de informes finales o anuales de intervenciones arqueológicas y de proyectos de investigación de colecciones y fondos museográficos administrados por el Ministerio de Cultura, que se encuentran consignados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Dirección General de Museos, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Eliminación de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura

Eliminar los ocho procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MC y modificatorias; detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del diario oficial “El Peruano” (www.elperuano.com.pe), así como su difusión en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y, en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

ANEXO

ELIMINACIÓN DE OCHO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA

DEL MINISTERIO DE CULTURA

N° PA

DENOMINACIÓN

Órgano: Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble

Unidad orgánica: Dirección de Certificaciones

9

Aprobación del Informe Final del Plan de Monitoreo Arqueológico

Unidad orgánica: Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas

14

Aprobación del Informe Final del Proyecto de Investigación Arqueológica

16

Aprobación del Informe Final del Proyecto de Evaluación Arqueológica

22

Aprobación del Informe Final del Proyecto de Emergencia

24

Aprobación del Informe Final del Proyecto de Rescate Arqueológico

26

Aprobación del Informe Anual del Programa de Investigación Arqueológica

27

Aprobación del Informe Final del Programa de Investigación Arqueológica

Órgano: Dirección General de Museos

Unidad orgánica: Dirección de Investigación y Planeación Museológica

35

Aprobación de Informe Final de Proyectos de investigación de colecciones y fondos museográficos administrados por el Ministerio de Cultura

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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