Prorrogan vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, creada por Resolución Suprema Nº 006-2019-EM

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 001-2023-em

Lima, 12 de enero de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros; no tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública;

Que, con Resolución Suprema N° 006-2019-EM, publicada el 20 de junio de 2019 en el diario oficial El Peruano, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la reforma del Subsector Electricidad (CMRSE), dependiente del Ministerio de Energía y Minas, cuyo objeto es realizar un análisis minucioso del mercado de electricidad y del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), a fin de formular propuestas orientadas a la adopción de medidas que garanticen la sostenibilidad y desarrollo del Subsector Electricidad en las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica;

Que, el artículo 7 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM señala que la CMRSE se instala a los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la mencionada Resolución Suprema en el diario oficial El Peruano;

Que, el artículo 10 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM establece que el plazo de vigencia de la CMRSE es de veinticuatro (24) meses contados a partir del día de su instalación; al término de su vigencia, la CMRSE presenta al Ministerio de Energía y Minas, en su condición de ente rector en la materia, un Informe Final que contenga las propuestas de reforma del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el SEIN;

Que, con fecha 11 de julio de 2019 se llevó a cabo el acto de instalación de la CMRSE, a partir del cual se cuenta el plazo de veinticuatro (24) meses establecido en el artículo 10 de la Resolución Suprema Nº 006-2019-EM;

Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2021-EM, publicada el 9 de julio de 2021, se resuelve prorrogar por dieciocho (18) meses adicionales, a partir del 12 de julio de 2021, el plazo de vigencia de la CMRSE, plazo que está próximo a vencer el 12 de enero de 2023;

Que, según señala el Informe N° 0448-2022-MINEM/DGE, elaborado por la Dirección General de Electricidad en su calidad de Secretaría Técnica de la CMRSE; la citada Comisión decidió realizar los actos preparatorios del proceso de elaboración del “Libro Blanco para la Reforma hacia la Modernización del Sector Eléctrico Peruano” que han concluido a la fecha; y, debe proseguir con la segunda etapa que comprende la elaboración del “Libro Blanco para la Reforma hacia la Modernización del Sector Eléctrico Peruano” con las propuestas normativas y su respectivo sustento;

Que, asimismo, el Informe N° 0448-2022-MINEM/DGE señala también que el plazo adicional previsto mediante la Resolución Suprema N° 003-2021-EM ha resultado insuficiente, toda vez que se encuentra pendiente de viabilizar el inicio de la segunda etapa que comprende la elaboración del “Libro Blanco para la Reforma hacia la Modernización del Sector Eléctrico Peruano”;

Que, en tal sentido, según lo informado por la Dirección General de Electricidad, es necesario ampliar la vigencia de la Comisión Multisectorial por dieciocho (18) meses adicionales para el cumplimiento del objeto previsto en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM, el cual podrá concretarse con la presentación al Ministerio de Energía y Minas del Informe Final con el “Libro Blanco para la Reforma hacia la Modernización del Sector Eléctrico Peruano”, que debe considerar los proyectos normativos con fuerza de ley y reglamentarios de reforma del marco normativo del Subsector Electricidad con sus respectivos sustentos;

Que, el numeral 4.1.2 del Anexo de la Directiva N° 001-2013-PCM-SC “Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo”, aprobada por Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM, señala que en caso el periodo de vigencia de la Comisión Multisectorial Temporal se encuentre por vencer sin que la Comisión haya culminado de cumplir sus funciones, se debe tramitar la emisión de la Resolución Suprema que amplíe su período de existencia;

Que, en virtud del marco normativo y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, resulta pertinente emitir la Resolución Suprema que prorrogue por dieciocho (18) meses adicionales el plazo de vigencia de la CMRSE creada mediante Resolución Suprema Nº 006-2019-EM;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de la vigencia de la Comisión Multisectorial

Prorrogar por dieciocho (18) meses adicionales, a partir del 13 de enero de 2023, el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, creada por Resolución Suprema Nº 006-2019-EM.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Suprema es publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como, en las sedes digitales de los ministerios cuyos/as titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

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