Nombran fiscal superior y designan y nombran fiscales adjuntos superiores en la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 091-2023-MP-FN
Lima, 12 de enero de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 008-2023-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2023, se dispuso, entre otros, dividir la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo en Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad y Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos. Asimismo, faculta a la Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fiscales, así como del personal fiscal, administrativo y recursos logísticos, para el cumplimiento de dicha resolución.
Que, mediante los informes Nros. 001, 002 y 005-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHIT, suscritos por el abogado Luis Enrique Valdivia Calderón, en ese entonces, Coordinador de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, se formuló, entre otros, propuesta de modificación de Despachos Fiscales, así como la conformación de las fiscalías citadas en el párrafo precedente.
Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.
Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.
Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse indefinidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla, por lo que los nombramientos y designaciones del personal fiscal provisional tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.
En consecuencia, se hace oportuno, reorganizar el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, para lo cual deberá de convertirse en Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos; y, previa verificación de los requisitos de ley, nombrarse y designarse al personal fiscal que ocupen las plazas fiscales respectivas, conforme a la propuesta formulada en los informes citados en el segundo párrafo.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Pedro Jesús Orihuela Santana, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 723-2020-MP-FN y 1612-2021-MP-FN, de fechas 23 de junio de 2020 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Alberto Pinto Saavedra, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal, con competencia nacional, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2805-2019-MP-FN y 1612-2021-MP-FN, de fechas 15 de octubre de 2019 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente.
Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Javier Ramírez Cancho, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 380-2022-MP-FN, de fecha 18 de marzo de 2022.
Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gino Robert Quiroz Salazar, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nros. 805-2020-MP-FN y 1612-2021-MP-FN, de fechas 16 de julio de 2020 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente.
Artículo Quinto.- Dar por concluido el destaque de la abogada Isabelina Román Cueto, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, para que preste apoyo en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2834-2022-MP-FN, de fecha 23 de diciembre de 2022.
Artículo Sexto.- Convertir el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, en Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, con todo su personal fiscal y administrativo.
Artículo Séptimo.- Nombrar al abogado Pedro Jesús Orihuela Santana, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Octavo.- Designar al abogado Luis Alberto Pinto Saavedra, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal, con competencia nacional, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos.
Artículo Noveno.- Nombrar al abogado Luis Javier Ramírez Cancho, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Décimo.- Nombrar al abogado Gino Robert Quiroz Salazar, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Décimo Primero.- Disponer que los nombramientos y designaciones del personal fiscal mencionados en los artículos séptimo, noveno y décimo de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de sus juramentaciones y hasta el 31 de marzo de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo Décimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad y Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS
Fiscal de la Nación
2142633-1