Aprueban cronograma de elecciones internas del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023

Resolución Nº 0003-2023-JNE

Lima, once de enero de dos mil veintitrés

VISTOS: el Decreto Supremo Nº 001-2023-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 4 de enero de 2023, y la Resolución Nº 0002-2023-JNE, del 6 de enero de 2023, referidos al proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023; y

CONSIDERANDO QUE:

1. Mediante la Resolución Nº 0002-2023-JNE, del 6 de enero de 2023, se aprobó el cronograma del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023, convocado con el Decreto Supremo Nº 001-2023-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 4 de enero de 2023, cuya finalidad es elegir alcaldes y regidores de los distritos de Canis (Bolognesi, Ancash), Recta (Bongará, Amazonas), Lari (Caylloma, Arequipa), Chimban y Pion (Chota, Cajamarca), Ninabamba (Santa Cruz, Cajamarca), Huamantanga (Canta, Lima), Aco (Corongo, Ancash), Chinchihuasi (Churcampa, Huancavelica), Manitea (La Convención, Cusco), Salcabamba (Tayacaja, Huancavelica) y Aparicio Pomares (Yarowilca, Huánuco), en los cuales se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales 2022.

2. El cronograma aprobado para las Elecciones Municipales Complementarias 2023 comprende la realización de elecciones internas, que se llevarán a cabo con la intervención de los organismos electorales, razón por la cual, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones elaborar y aprobar el cronograma respectivo, en el que se detallen las actividades específicas de estos comicios internos y sus respectivos plazos, como un conjunto de pasos obligatorios y preclusivos para definir, previamente, las candidaturas que, finalmente, presentarán las organizaciones políticas que participen en las justas electorales complementarias.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

1. APROBAR el cronograma de elecciones internas del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023, el cual queda establecido de la siguiente manera:

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2. PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines pertinentes.

3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

ESPINOZA VALENZUELA

RAMÍREZ CHÁVARRY

SANJINEZ SALAZAR

SÁNCHEZ VILLANUEVA

Marallano Muro

Secretaria General (e)

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