Designan Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

Nº 003-2023-MINEM/SG

Lima, 10 de enero de 2023

VISTOS: El Informe Nº 006-2023-MINEM/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; y el Informe Nº 027-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adelante la Ley, se establece un régimen laboral único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, siendo aplicable a todas las entidades del sector público, con las excepciones que la propia norma establece;

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil tiene por finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia, eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, conforme al artículo 92 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 94 de su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en adelante el Reglamento General, establece que los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaria Técnica, que puede estar compuesta por uno o más servidores, los cuales pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, debiendo ser de preferencia abogados y designados mediante resolución del titular de la entidad;

Que, el sub numeral 8.1 del numeral 8 de la Directiva Nº 002-2015 SERVIR-GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil” aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, en adelante la Directiva, establece que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento administrativo disciplinario; estando a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones en la entidad o específicamente para dicho propósito;

Que, mediante Resolución Secretarial Nº 023-2022-MINEM/SG de fecha 24 de agosto de 2022, se designó a la señora Silvia Cecilia Del Socorro Silva Albán, como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 503-2022-MINEM/OGA de fecha 23 de diciembre de 2022 se resuelve designar temporalmente, a la abogada Silvia Cecilia del Socorro Silva Albán, Especialista Legal Laboral III de la Oficina de Recursos Humanos, para que desempeñe las funciones del puesto de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos dependiente de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al Titular del puesto;

Que, mediante Informe Nº 006-2023-MINEM/OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración considera que la naturaleza de las funciones de la Secretaría Técnica en el Procedimiento Administrativo Disciplinario es incompatible con las funciones realizadas por el responsable de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces en dicho procedimiento; debido a que el Secretario Técnico depende de la Oficina de Recursos Humanos en dicho procedimiento; y además, porque el literal b) del artículo 92 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos es precisamente una de las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario, señalando también dicho artículo que “las autoridades del procedimiento cuentan con el apoyo de un secretario técnico”;

Que, asimismo, el Informe Nº 006-2023-MINEM/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, señala que en tanto el Secretario Técnico realiza las funciones de apoyo en el Procedimiento Administrativo Disciplinario, no resulta conveniente que ambas funciones sean desempeñadas por un mismo servidor;

Que, por los motivos expuestos, la citada Oficina, a fin de evitar conflicto de intereses y contravenciones dentro del Procedimiento Administrativo Disciplinario; propone dar por concluida la designación de la señora Silvia Cecilia Del Socorro Silva Alba como Secretaria Técnica de apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, por ocupar ahora el puesto de Jefa (d.t.) de la Oficina de Recursos Humanos y se designe en su lugar al señor José Cuya Contreras, Especialista Legal en materia de Recursos Humanos de la Oficina de Recursos Humanos, dado que el profesional en mención reúne las competencias y la experiencia necesaria para desempeñarse como Secretario Técnico;

Que, el numeral j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;

Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, dispone que el/la Secretario/a General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Silvia Cecilia Del Socorro Silva Albán como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, efectuada por Resolución Secretarial Nº 023-2022-MINEM/SG.

Artículo 2.- Designar, en adición a sus funciones, al señor José Cuya Contreras, Especialista Legal en materia de Recursos Humanos, como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Portal de Transparencia del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KARINA FLORES GÓMEZ

Secretaria General

2142380-1