Aprueban el Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000010-2023-MC
San Borja, 10 de enero de 2023
VISTOS; el Proveído N° 007043-2022-SG/MC de la Secretaría General; el Memorando N° 002337-2022-OGRH/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000810-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001349-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función pública y modificatorias, se establecen los principios, deberes y prohibiciones éticos que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; y de acuerdo al numeral 9.1 del artículo 9 se precisa que el órgano de la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta en la institución de su competencia, las medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecidas en el Código de Ética de la Función Pública;
Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo general el contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, el numeral 1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 042-2018-PC, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, establece como uno de los mecanismos para promover la integridad pública a los códigos y cartas de buena conducta administrativa, definidos como los instrumentos mediante los cuales se establecen los lineamientos para la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores civiles con el fin de promover una cultura de integridad y servicio a la ciudadanía al interior de cada entidad;
Que, en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, a que se refiere el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM y la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, se establece un Modelo de Integridad para facilitar a las entidades públicas la implementación de una estructura de prevención de la corrupción y promoción de la integridad, que está conformado por nueve (9) componentes, dentro de los cuales se encuentra el componente “Políticas de Integridad”, el que se desarrolla, entre otros, a través del subcomponente Código de Ética, documento que identifica las prácticas de corrupción y faltas a principios éticos y de integridad que no deben cometerse, así como acciones de prevención;
Que, en el numeral 5.2.3 de la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP, “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”, aprobada con Resolución de Secretaría de Integridad Pública N°002-2021-PCM/SIP, dentro del Componente “Políticas de integridad”, se hace referencia al Código de Conducta, como aquel documento que precisa conductas específicas en el contexto y situaciones particulares de la entidad y en relación con los valores de la organización;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 147-2021-DM/MC, se aprueba el Código de Ética del Ministerio de Cultura;
Que, en el marco de las normas descritas, la Unidad Funcional de Integridad Institucional mediante el Informe N° 000027-2022-UII/MC sustenta la necesidad de aprobar la propuesta de Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura, el mismo que tiene como objetivo promover una cultura de integridad pública a través de los valores institucionales y principios éticos, a fin de orientar el comportamiento de los servidores, funcionarios y colaboradores, bajo cualquier modalidad de contratación, para su correcta actuación en el ejercicio de sus funciones, al servicio de la ciudadanía, en el marco de la Ley del Código de Ética de la Función Pública;
Que, mediante el Memorando N° 002337-2022-OGRH/MC, la Oficina General de Recursos Humanos brinda su conformidad respecto a la propuesta del Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura;
Que, por su parte, con el Memorando N° 000810-2022-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000248-2022-OOM/MC de la Oficina de Organización y Modernización, a través del cual emite opinión técnica favorable a la propuesta de Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura y, recomienda se derogue la Resolución Ministerial N° 147-2021-DM/MC, que aprueba el Código de Ética del Ministerio de Cultura;
Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente que apruebe el Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, y modificatorias; la Ley N° 29565; Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura
Aprobar el Código de Ética y Conducta del Ministerio de Cultura, el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogación
Derogar la Resolución Ministerial N° 000147-2021-DM/MC, que aprueba el Código de Ética del Ministerio de Cultura.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2142177-1