Amplían plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial denominado “Mesa de Trabajo encargada de proponer mecanismos específicos para la promoción y formalización del autoempleo productivo en condiciones de trabajo decente”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 010-2023-TR

Lima, 6 de enero de 2023

VISTOS: el Memorando N° 1452-2022-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación N° 1059-2022-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Informe N° 955-2022-MTPE/3/17.1 de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo; el Memorando N° 0929-2022-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0016-2023-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2022-TR se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominado “Mesa de Trabajo encargada de proponer mecanismos específicos para la promoción y formalización del autoempleo productivo en condiciones de trabajo decente”, cuya vigencia culmina el 10 de enero de 2023;

Que, de conformidad con el artículo 3 de la referida resolución ministerial, el Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por (i) El/la Director/a General de la Dirección General de Promoción del Empleo (quien lo preside); (ii) El/la Director/a General de la Dirección General de Trabajo; (iii) El/la Director/a General de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; y, (iv) Tres representantes de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT;

Que, a través del Acta N° 006-2022/GTS-MTPE-DGPE, de fecha 05 de diciembre de 2022, el Grupo de Trabajo Sectorial acuerda, entre otros, “la ampliación del GTS por un periodo de 60 días hábiles, con el fin de llevar a cabo los procesos de consulta necesarios en el marco de los lineamientos y modelos de servicios; así como la elaboración del informe final del grupo con recomendaciones adicionales de política pública”.

Que, mediante el Memorando N° 1452-2022-MTPE/3, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral remite la Hoja de Elevación Nº 1059-2022-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo, que adjunta el Informe N° 955-2022-MTPE/3/17.1 a través de cual la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, señalando expresamente que “el citado Grupo de Trabajo Sectorial, bajo la conducción de la Dirección General de Promoción del Empleo y la Secretaría Técnica por parte de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo, viene realizando las acciones que le corresponden conforme a su plan de trabajo y en el cronograma que se tenía previsto. No obstante, con el fin de llevar a cabo los procesos de consultora necesarios en el marco de los lineamientos y modelo de servicios, así como la elaboración del informe final del grupo con recomendaciones adicionales de política pública, se considera necesario ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial en sesenta (60) días hábiles”.

Que, asimismo, a través del Memorando N° 0929-2022-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto traslada la opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que amplía la vigencia del citado Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal;

Que, por lo expuesto, resulta necesario emitir la resolución ministerial que amplíe el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, creado mediante Resolución Ministerial N° 229-2022-TR, por sesenta (60) días hábiles, a partir del 10 de enero de 2023;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliación de plazo de vigencia

Ampliar por sesenta (60) días hábiles, a partir del 10 de enero de 2023, el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominado “Mesa de Trabajo encargada de proponer mecanismos específicos para la promoción y formalización del autoempleo productivo en condiciones de trabajo decente”, creado por la Resolución Ministerial N° 229-2022-TR.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO ALONSO GARCÍA BIRIMISA

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

2140967-1