Designan Director de Operaciones y Medio Ambiente de la APN

Resolución de Acuerdo de Directorio

Nº 0001-2023-APN-DIR

Callao, 3 de enero de 2023

VISTOS:

La Notificación Nº 0165-2022-APN-SD de fecha 28 de diciembre de 2022 de la Secretaría del Directorio, el Informe Nº 119-2022-APN-OGA de fecha 29 de diciembre de 2022 de la Oficina General de Administración (OGA), la Notificación Nº 083-2022-APN-GG de fecha 29 de diciembre de 2022 de la Gerencia General y el Informe Legal Nº 001-2023- APN-UAJ de fecha 03 de enero de 2023 de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la Autoridad Portuaria Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, de acuerdo con el artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente (DOMA) es el órgano de línea dependiente de la Gerencia General, encargado de promover, normar y controlar el ordenamiento administrativo y operativo de las actividades y servicios portuarios conforme a criterios de libre acceso, leal competencia y libre concurrencia en el mercado de servicios portuarios;

Que, el literal a) del artículo 3 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el Directivo Superior de Libre Designación y Remoción es quien desarrolla funciones administrativas relativas a la dirección de un órgano programa o proyecto, la supervisión de empleados públicos, la elaboración de políticas de actuación administrativa y la colaboración en la formulación de políticas de gobierno cuya quinta parte (del total de Directivos Superiores de una entidad) puede ser designada o removida libremente por el titular de la entidad;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 034-2018-APN/DIR de fecha 7 de junio de 2018, se aprobó el Clasificador de Cargos de la APN;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 019-2020-APN-DIR de fecha 27 de febrero de 2020, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional Reordenado de la APN estableciéndose que el cargo de Director de la DOMA está clasificado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción, equivalente al directivo público – servidor de confianza al que hace referencia la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, debiendo cumplir con el perfil establecido para el puesto;

Que, el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción (Ley de Idoneidad), establece que se entiende como Directivos Públicos a los servidores civiles que desarrollan funciones relativas a la planeación, dirección, organización y evaluación de una entidad, órgano, forma de organización o, en casos específicos dispuestos en el reglamento de dicha ley, unidad orgánica; en colaboración directa o indirecta a las funciones ejercidas por un funcionario público, definición que incluye a los servidores que ejerzan dichas funciones indistintamente del nivel de gobierno, tipo de entidad y naturaleza del órgano;

Que, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Idoneidad, la clasificación de Directivo Público implica que se debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la misma Ley y su Reglamento;

Que, por otro lado, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Idoneidad, establece que las entidades públicas pueden establecer requisitos mayores (como los contenidos en el Clasificador), pero no menores, a los establecidos en dicha norma y su reglamento, bajo responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos involucrados en el proceso de aprobar los documentos de gestión correspondientes;

Que, el artículo 14.3 del Reglamento de la Ley de Idoneidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, detalla los requisitos mínimos para los cargos de directivo/as públicos/as que corresponden a los órganos de línea y de administración interna de organismos técnicos especializados, como es el caso de la DOMA;

Que, el numeral 28.4 del artículo 28 del Reglamento de la Ley de Idoneidad, en lo referente a la designación y publicación, establece que en caso emitido el informe que contiene la revisión al cumplimiento del perfil y de impedimentos para el acceso a la función pública, la Entidad puede continuar con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación, la cual se publica en la sede digital de la entidad, y en el diario oficial El Peruano, de corresponder;

Que, el artículo 7 del ROF de la APN, señala que el Directorio es el órgano colegiado y máximo de la APN y, dentro de sus atribuciones, se encuentra la de nombrar directores de línea, como es el caso del Director de la DOMA;

Que, mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 096-2022-APN-DIR de fecha 16 de noviembre de 2022, se designó al señor Carlos Rodolfo Molina Barrutia en el cargo de Director de la DOMA;

Que, mediante la Notificación de Vistos, la Secretaría del Directorio comunica que el Directorio decidió designar al señor Luis Alberto Pariona García como Director de la DOMA de la entidad;

Que, mediante informe de Vistos, la OGA concluye que: (i) de la evaluación curricular realizada a los documentos del legajo personal del señor Luis Alberto Pariona García, cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos vigente, cumpliendo además con los requisitos mínimos establecidos en la Ley de Idoneidad y su Reglamento; (ii) se ha verificado que no tiene impedimentos para el acceso a la función pública a través de la revisión de la plataforma de Debida Diligencia del Factor Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, Registro de Deudores Alimentarios, en la Plataforma de consulta de proveedores sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con sanción vigente, ha presentado Declaración Jurada de no tener impedimentos para ser designado y no tener Registro de Deudores de Reparaciones Civiles;

Que, mediante Informe Legal de Vistos, la UAJ señala que, al encontrarse el cargo de Director de la DOMA clasificado como “servidor público – directivo superior” bajo libre designación y remoción por parte del titular de la entidad y; además, al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos del servidor Luis Alberto Pariona García para el referido cargo; resulta legalmente viable dicha designación; habida cuenta que el Directorio ya acordó la designación del referido servidor;

Que, en Sesión Nº 617 de fecha 28 de diciembre de 2022, el Directorio acordó designar al señor Luis Alberto Pariona García, en el cargo de Director de Operaciones y Medio Ambiente, facultando al Presidente de Directorio a suscribir la Resolución que corresponda;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto correspondiente;

De conformidad con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 034-2018-APN/DIR que aprobó el Clasificador de Cargos de la APN; la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor Luis Alberto Pariona García en el cargo de Director de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 096-2022- APN-DIR de fecha 16 de noviembre de 2022.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional.

Artículo 4.- Comunicar la presente Resolución al señor Luis Alberto Pariona García y remitir copia de esta a las direcciones, unidades y oficinas de la Autoridad Portuaria Nacional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Manuel Gilberto Hinojosa López

Presidente del Directorio

2140816-1