Aprueban la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2023”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 004-2023-MINEDU

Lima, 4 de enero de 2023

VISTO, el Expediente MPD2022-EXT-0299649, el Oficio Nº 006264-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Informe Nº 00756-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Educación Básica Regular y la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; el Informe Nº 003564-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED; el Informe Nº 002181-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y; el Informe Nº 00001-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Educación y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del MINEDU, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, el literal a) del párrafo 43.1 del artículo 43 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Educación para financiar, durante el Año Fiscal 2023, el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2023, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, el mejoramiento de los servicios de agua, saneamiento y electricidad, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, la adquisición, reparación, reposición y/o mantenimiento de mobiliario y equipamiento; y, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, hasta por la suma de S/ 297 420 000,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y la implementación del equipamiento de ciclista en el marco de la intervención Rutas Solidarias, y hasta S/ 2 420 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las actividades previstas en el citado Programa;

Que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 43.2 del artículo 43 de la Ley Nº 31638, los montos para los fines señalados en el párrafo 43.1 del citado artículo son desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal de la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones establecidas mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación. Dichos montos son desembolsados de manera directa, a excepción de los montos destinados para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica;

Que, asimismo el párrafo 43.3 del artículo 43 de la Ley Nº 31638, establece que el Ministerio de Educación, mediante resolución del titular del pliego, en un plazo no mayor de veinticinco (25) días calendario contados a partir de la vigencia de la ley, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para su aplicación, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los párrafos 43.1 y 43.2 del artículo 43;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país. Posteriormente la vigencia del PRONIED fue extendida a través del Decreto Supremo Nº 008-2021-MINEDU;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 557-2020-MINEDU se aprueba la Norma Técnica “Disposiciones generales para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones”, la cual establece disposiciones generales sobre las etapas, acciones transversales y responsabilidades para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa que se realiza en instituciones educativas públicas y programas educativos a nivel nacional, bajo la modalidad de subvenciones;

Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones (MOP) del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva;

Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva de PRONIED, mediante Oficio Nº 006264-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE remite la propuesta de Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2023” adjuntando el sustento técnico correspondiente contenido en el Informe Nº 000756-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Educación Básica Regular y la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; además del sustento legal contenido en el Informe Nº 003564-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, solicitando su aprobación y publicación;

Que, la Norma Técnica propuesta tiene como objetivo establecer disposiciones sobre el mantenimiento de locales educativos, bajo la modalidad de subvenciones, para el año 2023, para que la infraestructura de los locales educativos se encuentre en condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad;

Que, con Memorándum Nº 00976-2022-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación remite el Informe Nº 002181-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP mediante el cual la Unidad de Planificación y Presupuesto considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de Norma Técnica por cuanto se encuentra alineada a los objetivos estratégicos del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, en el marco del artículo 43 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: Ministerio de Educación, para financiar la ejecución del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2022, hasta por un monto de S/ 297 420 000,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES);

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 00001-2023-MINEDU/SG-OGAJ, luego del análisis correspondiente concluye que resulta viable la aprobación de la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2023”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, cuya vigencia fue ampliada por Decreto Supremo Nº 008-2021-MINEDU; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprueba el Manual de Operaciones de PRONIED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2023” la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA

Ministro de Educación

2140712-1