Aprueban el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, periodo 2023-2027
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 338-2022-SERNANP
Lima, 29 de diciembre de 2022
VISTOS:
El Informe N° 1035-2022-SERNANP-DDE del 29 de diciembre de 2022 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum N° 4534-2022-SERNANP-DGANP del 28 de diciembre del 2022 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Institución, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas;
Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM de fecha 23 de abril de 2009, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP de fecha 29 de setiembre de 2021, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;
Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2022-SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;
Que, mediante Decreto Supremo N° 051-88-AG, de fecha 23 de mayo de 1988, se declaró la superficie de 29,500 ha., como Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, ubicada en los distritos de Tabaconas y Namballe de la Provincia de San Ignacio en el Departamento de Cajamarca;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 022-2015-SERNANP de fecha 10 de febrero de 2015, se aprobó el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, por el periodo 2015 – 2019, como el documento de planificación de más alto nivel de la referida Áreas Natural Protegida;
Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2019-SERNANP-DDE de fecha 22 de enero de 2019, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2019, siendo una de ellas el Santuario Nacional Tabaconas - Namballe;
Que, mediante Resolución Directoral N° 37-2019-SERNANP-DDE de fecha 31 de diciembre de 2019, se aprobó los Términos de Referencia del proceso de actualización del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe;
Que, la Dirección de Desarrollo Estratégico, contando con la conformidad y visto bueno al Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, periodo 2023-2027, por parte de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas a través del Memorándum N° 4534-2022-SERNANP-DGANP, solicita la elaboración de la Resolución Presidencial en base al Informe N° 1035-2022-SERNANP-DDE, en el cual se concluye que el Plan Maestro de dicha Área Natural Protegida, periodo 2023-2027, no presenta observaciones, ha sido validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y sustentado ante la Alta Dirección del SERNANP, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, asimismo, recomienda aprobar la modificatoria de la zonificación así como, ratificar la superficie de la Zona de Amortiguamiento, de acuerdo al Informe N° 666-2022-SERNANP-DDE, las mismas que cumplen con los requisitos establecidos en la R.P. N° 197-2013-SERNANP;
Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, periodo 2023-2027, así como la modificación de su zonificación y ratificación de su zona de amortiguamiento;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, periodo 2023-2027, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Aprobar la zonificación y ratificación de la Zona de Amortiguamiento del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, de acuerdo la memoria descriptiva y mapa base contenidos en el Anexo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura del Santuario Nacional Tabaconas - Namballe, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE
Jefe del SERNANP
2139913-1