Aprueban Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el año 2022”

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 542-2022-MINEDU

Lima 30 de diciembre de 2022

VISTO, el Expediente MPD2022-EXT-0311913, el Oficio N° 006480-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Informe N° 000810-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección General de Gestión Descentralizada; el Informe N° 003663-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED; el Informe N° 02239-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y; el Informe Nº 01601-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la Ley N° 28044 establece como función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, la Ley N° 31655, Ley que dispone el financiamiento del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el año 2022, tiene por objeto garantizar las condiciones para el financiamiento de las acciones complementarias del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos para el año 2022, al que se refiere el literal a) del párrafo 49.1 del artículo 49 de la Ley Nº 31365;

Que, el párrafo 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31655, Ley que dispone el financiamiento del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el Año 2022, autoriza al Ministerio de Educación a financiar, durante el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, bajo el mecanismo previsto en el párrafo 2.3 del citado artículo, las acciones de mantenimiento preventivo y/o correctivo de la infraestructura de los locales educativos públicos, el mejoramiento de las instalaciones de agua, saneamiento y electricidad, la adquisición, reparación, reposición y/o mantenimiento de mobiliario y equipamiento, y el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), los que incluyen la suma de hasta S/ 234 159,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas entregadas en el marco de la intervención Rutas Solidarias;

Que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 2.3 del artículo 2 de la Ley N° 31655, los montos para los fines señalados en el párrafo 2.1 del citado artículo son desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal de la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones establecidas mediante resolución refrendada por el titular del pliego del Ministerio de Educación;

Que, asimismo el párrafo 2.4 del artículo 2 de la Ley N° 31655 establece que el Ministerio de Educación, mediante resolución refrendada por el titular del pliego, en un plazo no mayor de diez (10) días calendario contados a partir de la vigencia de la ley, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el párrafo 2.1 de la referida norma, las cuales incluyen los plazos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos y devolución ante la no utilización de los recursos autorizados en el artículo 2;

Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país. Posteriormente la vigencia del PRONIED fue extendida a través del Decreto Supremo N° 008-2021-MINEDU;

Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones (MOP) del PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva;

Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva de PRONIED, mediante Oficio N° 006480-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE remite la propuesta de Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento complementario de Locales Educativos para el año 2022” adjuntando el sustento técnico correspondiente contenido en el Informe N°000810-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar y la Dirección General de Gestión Descentralizada; además del sustento legal contenido en el Informe N° 003663-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, solicitando su aprobación y publicación;

Que, la Norma Técnica propuesta tiene como objetivo establecer disposiciones sobre el Programa de Mantenimiento Complementario de Locales educativos para el año 2022, bajo la modalidad de subvenciones, para contar con infraestructura en condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad;

Que, con Memorándum N° 00982-2022-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación remite el Informe N° 02239-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP mediante el cual la Unidad de Planificación y Presupuesto considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de Norma Técnica por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, existen recursos asignados en el Pliego 010. Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2022, para financiar la ejecución del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos 2022, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES);

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 01601-2022-MINEDU/SG-OGAJ, luego del análisis correspondiente concluye que resulta viable la aprobación de la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el año 2022”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Ley N° 31655, Ley que dispone el financiamiento del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el año 2022; el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, cuya vigencia fue ampliada por Decreto Supremo N° 008-2021-MINEDU; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprueba el Manual de Operaciones de PRONIED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento Complementario de Locales Educativos para el año 2022” la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA

Ministro de Educación

2139647-1