Aprueban la primera etapa de la implementación del Módulo Corporativo Laboral (MCL) en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral en la provincia de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000465-2022-CE-PJ

Lima, 28 de diciembre del 2022

VISTOS:

El Oficio N° 000419-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por la señora Jessica Medina Jiménez, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 471-2019-CE-PJ, de fecha 27 de noviembre del 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió la competencia funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el monitoreo del proceso contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), con el fin de realizar una planificación de actividades en relación al referido monitoreo.

Segundo. Que, asimismo, por Resolución Administrativa N° 278-2021-CE-PJ, del 27 de agosto del 2021, se incorporó la actividad denominada “Levantamiento de Información y Definición del Modelo de Despacho Judicial del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, al Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021, con cargo a la disponibilidad presupuestal.

Tercero. Que, con el Oficio N° 001751-2022-P-CSJSA-PJ de fecha 16 de agosto del 2022, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa remite al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Plan de Implementación del Módulo Corporativo Laboral Piloto de los Juzgados Especializados que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional(PCALP), a fin de gestionar su aprobación y financiamiento ante el Consejo Ejecutivo y Gerencia General del Poder Judicial, respectivamente.

Cuarto. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000367-2022-CE-PJ, del 6 de octubre del 2022, este Órgano de Gobierno aprobó el Plan de Implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) en la Corte Superior de Justicia del Santa.

Quinto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000387-2022-GG-PJ, del 21 de diciembre de 2022, la Gerencia General del Poder Judicial aprobó la transferencia de recursos de la Unidad Ejecutora Gerencia General a la Unidad Ejecutora de la Corte Superior de Justicia del Santa, para la adquisición de mobiliario y equipamiento, a fin de implementar el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los órganos jurisdiccionales que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP).

Sexto. Que, mediante Resolución Corrida N° 000389-2022-P-PJ, la Presidencia del Poder Judicial aprobó la contratación de 16 posiciones CAS para el funcionamiento del mencionado modulo corporativo laboral (Reporte de autorización de creación de presupuestos CAS Nº 047-2022-P-PJ).

Sétimo. Que, por Oficio N° 000215-2022-UPD-GAD-CSJSA-PJ de fecha 27 de diciembre del 2022, la Corte Superior de Justicia del Santa comunica a la Presidencia del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que está pendiente gestionar los recursos financieros de S/ 377,339.19 soles para la adquisición de bienes, servicios y capacitaciones, a fin que permita culminar la implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la referida Corte Superior.

Octavo. Que, en ese contexto, la señora Consejera del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante Oficio N° 000419-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ, solicita que se apruebe la implementación de la primera etapa del Módulo Corporativo Laboral para el día 29 de diciembre de 2022, el cual estará conformado por el 4° y 7° Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia del Santa

Noveno. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1592-2022 de la quincuagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de diciembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; sin la intervención de los señores Arias Lazarte y Álvarez Trujillo, por asistir a una reunión programada con anterioridad en la Academia de la Magistratura, y encontrarse de licencia, respectivamente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar, a partir del 29 de diciembre de 2022, la primera etapa de la implementación del Módulo Corporativo Laboral (MCL) en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral en la provincia de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa.

Artículo Segundo.- Disponer que el 4° Juzgado de Trabajo y 7° Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia del Santa, integren el Módulo Corporativo Laboral en la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional de la referida Corte Superior.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial financie y brinde el apoyo técnico que se requiera, al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a la Corte Superior de Justicia mencionada, a fin de culminar de manera integral la implementación del modelo de despacho judicial corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia del Santa

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

2139509-8