Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución de Presidencia

N° 0150-2022-INGEMMET/PE

Lima, 29 de diciembre de 2022

VISTOS:

El Oficio Nº 001187-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 0135-2022-INGEMMET/GG-OA-UF de la Unidad Financiera, el Informe Nº 0085-2022-INGEMMET/GG-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 0115-2022-INGEMMET/GG-OPP e Informe N° 0698-2022-INGEMMET/GG-OPP-PRES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 0353-2022-INGEMMET/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad con lo establecido por el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM;

Que, mediante Ley Nº 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2022;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 116-2021-INGEMMET/PE de fecha 29 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2022, del Pliego 221 – Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, del 04 de noviembre de 2021, se aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con Oficio Nº 001187-2022-CG/GAD del 03 de junio de 2022, la Contraloría General de la República solicita al INGEMMET proceda a efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República (CGR), para la contratación de la sociedad auditora que se encargará de efectuar la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2021 y 2022; además, se indica que se realizó el Concurso Público de Méritos N° 01-2022 y designó a la Sociedad de Auditoría Perez Diaz & Asociados Sociedad Civil para efectuar la auditoria financiera gubernamental de los períodos antes indicados, habiéndose contratado solo la ejecución de la auditoría por el período 2021, encontrándose pendiente la contratación de la auditoria del período 2022, y estando próxima la contratación de la auditoría por el período restante solicita la transferencia de la retribución económica a la Contraloría General correspondiente al período 2022, por el monto a transferir de S/ 87,603.00, en el plazo a más tardar el 06/02/2023.

Que, mediante Informe Nº 0135-2022-INGEMMET/GG-OA-UF del 13 de julio de 2022, la Unidad Financiera informa a la Oficina de Administración que ha realizado las coordinaciones con el personal de la Contraloría General de la República e indica que se puede realizar la transferencia en este período, sin ningún trámite adicional que comunicar a dicho ente de control una vez concretada la transferencia; además, solicita se gestione ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la Certificación de la Disponibilidad Presupuestal y posteriormente de derive a la Oficina de Asesoría Jurídica para la emisión del acto resolutivo, a fin de cumplir con la transferencia solicitada por la Contraría General de la República.

Que, con el Informe Nº 0085-2022-INGEMMET/GG-OA, del 14 de julio de 2022, la Oficina de Administración referenciando el Informe Nº 0135-2022-INGEMMET/GG-OA-UF, de la Unidad Financiera, solicita a la Gerencia General que requiera a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la disponibilidad presupuestal con la finalidad de atender en el presente Ejercicio Fiscal lo solicitado por la Contraloría General de la República;

Que, mediante Informe Nº 0115-2022-INGEMMET/GG-OPP del 29 de diciembre de 2022, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 0698-2022-INGEMMET/GG-OPP-PRES de la misma fecha, mediante el cual se concluye otorgar la Certificación Presupuestal para el año 2022, correspondiente al 100% de la retribución económica por el periodo auditado 2022, al contar con el respectivo crédito presupuestario en el marco presupuestal (PIM) del ejercicio 2022, hasta por la suma de S/ 87, 603.00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de los gastos derivados de la contratación de la Sociedad Auditora que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET;

Que, mediante Informe Nº 0353-2022-INGEMMET/GG-OAJ, del 29 de diciembre de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que resulta legalmente viable autorizar la transferencia financiera del Pliego 221 Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET hasta por la suma de S/ 87,603.00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica, por el periodo 2022 por concepto de gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Con el visado de la Gerencia General, de las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y de la Unidad Financiera; y

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31365 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, hasta por la suma de S/ 87,603.00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica por el periodo 2022, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET en la categoría presupuestal 9001: Acciones Centrales. Actividad 50000003: Gestión Administrativa. Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y transferencias, Especifica de Gasto: 2.4.1 3 1 1, a otras unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Sistemas de Información su publicación en el Portal institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.gob.pe/ingemmet).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HENRY JOHN LUNA CÓRDOVA

Presidente Ejecutivo (e)

2139306-1