Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio de Energía y Minas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 457-2022-MINEM/DM

Lima, 28 de diciembre de 2022

VISTOS: El Informe N° 354-2022-MINEM/OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 1295-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en adelante Decreto Legislativo Nº 1440, establece que el Titular de la Entidad es responsable, entre otros, de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad con observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), establece que el CEPLAN se constituye como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, el CEPLAN mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modificatorias, aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 6.2 de la citada Guía señala que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA, precisando que, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, y en consecuencia las metas físicas son revisadas a nivel multianual, para finalmente obtener el POI Anual que comprenderá la Programación Física y Financiera de las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas en forma mensual;

Que, por Resolución Secretarial N° 029-2019-MEM/SG, que aprueba la Directiva N° 011-2019-MEM/SG para la “Formulación, Ejecución, Evaluación y Modificación del Plan Operativo Institucional - POI” del Ministerio de Energía y Minas, con la finalidad de normar y establecer disposiciones para tales fines, en concordancia con lo establecido por el CEPLAN;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 163-2020-MINEM/DM, se aprobó la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI correspondiente al período 2020-2025 del Ministerio de Energía y Minas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 171-2022-MINEM/DM, se aprobó el Plan Operativo Institucional Multianual – POI correspondiente al período 2023- 2025 del Ministerio de Energía y Minas, el cual se encuentra articulado con las acciones estratégicas establecidas en el PEI 2020-2025;

Que, conforme al literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene entre sus funciones, la de coordinar y supervisar la formulación, el seguimiento y evaluación de los procesos de planeamiento, estadísticos, inversión pública, cooperación internacional, presupuesto y racionalización, de conformidad con las normas técnicas-legales de los respectivos Sistemas Administrativos Nacionales;

Que, bajo dicho marco, a través del Informe Nº 354-2022-MINEM/OGPP-OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 se enmarca de los lineamientos de la actual gestión del Ministerio, correlacionada con la visión del sector y la misión institucional, los objetivos y acciones estratégicas del Ministerio de Energía y Minas, así como su vinculación con la Estructura Funcional Programática a nivel presupuestal;

Que, según dicho informe, el contenido del POI Anual 2023 guarda coherencia técnica y metodológica, en la medida que se articula con los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales del PEI 2020-2025 y conforme a lo señalado por las disposiciones del CEPLAN;

Que, conforme a lo informado por la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde aprobar el Plan Operativo Institucional 2023 del Ministerio de Energía y Minas, consistente con el Presupuesto Inicial de Apertura PIA 2023, elaborado con la participación de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Energía y Minas; articulado con las acciones estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2020-2025; y, con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras del Ministerio de Energía y Minas a través del Módulo de Programación Multianual del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Informe Nº 1295-2022/MINEM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan Operativo Institucional Anual (POI) 2023 Consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año Fiscal 2023 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional - POI Anual correspondiente al año 2023

Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio de Energía y Minas consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2023, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Modificación

El Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio de Energía y Minas, podrá ser modificado durante su proceso de ejecución física y financiera a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad a la normatividad vigente.

Artículo 3.- Seguimiento y evaluación

Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Publicación del Plan Operativo Institucional - POI Anual correspondiente al año 2023

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, así como también se registre en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2138869-1