Rectifican error material consignado en el Acuerdo Regional N° 074-2022-GRA/CR-AREQUIPA, en cuanto a la consignación de propietarios de bien inmueble
ACUERDO REGIONAL
Nº 135-2022-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 23 de diciembre del 2022
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo Regional N° 074-2022-GRA/CR-AREQUIPA, se aprueba la expropiación y valor de tasación de las 202.87 has correspondientes al predio de la parcela Nro 71, denominada Angostura, ubicada en el sector de Pusa Pusa, Distrito y Provincia de Caylloma, Región de Arequipa.
Que, mediante Oficio N° 1734-2022-GRA/PEMS-GE-GDPMSIIE, se advierte un error material en la parte considerativa (tercer cuadro), en cuanto a la consignación de los nombres de los propietarios del bien inmueble, siendo la corrección del cuadro la siguiente:
TITULAR |
CONDICIÓN AFECTADO |
PARTIDA REGISTRAL |
ÁREA AFECTADA |
VALOR DE TASACIÓN |
Has. |
S/. |
|||
DOLORES MELITONA MOLLO LLACHO, LEON ZENOVIO ROSAS MOLLO, MARTINA AURELIA ROSAS MOLLO, EPIFANIO SEVERO ROSAS MOLLO. |
PROPIETARIOS |
04004989 |
202.8700 has. |
S/. 1,058,016.01 |
TASACIÓN BASE PARA EL PROCEDIMIENTO DE EXPROPIACIÓN.
(PRIMER Y TERCER CUADRO DEL CONSIDERANDO DEL A.R. 074-2022-GRA/CR-AREQUIPA)
Que, la Expropiación consiste en la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso en favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales Gobiernos Locales (…)
Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, refiere en su Quinta Disposición Complementaria Final “declara de necesidad pública la ejecución de las obras de infraestructura de interés nacional y de gran envergadura, asimismo, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios, para tal fin’’. Norma que posteriormente, es complementada con la Ley N° 30327, Ley de la Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, en cuya Undécima Disposición Complementaria Final, se incorpora con el número 128 al Proyecto Majes Siguas II Etapa en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025.
Que, el Decreto Legislativo 1192, modificada por el D.L. 1330, en su artículo 27, señala que “El sujeto activo expide a norma que apruebe la ejecución de la Expropiación del bien inmueble y el valor de la Tasación determinado en este Decreto Legislativo (…)’’. Asimismo, el artículo 28 de la citada norma, refiere que ‘’la norma que aprueba la ejecución de la expropiación será a través de…acuerdo de Consejo Regional en el caso de Gobiernos Regionales’’.
Que, el artículo 39 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano O institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”.
Que, según el Reglamento Interno del Consejo Regional, refiere en el art. 16, son atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, conforme a la Constitución Política del Perú, a la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa. El Consejo Regional de Arequipa;
ACUERDA:
Primero.– RECTIFICAR el error material consignado en la parte considerativa (tercera página, primer y tercer gráfico y/o cuadro) del Acuerdo Regional N° 074-2022-GRA/CR-AREQUIPA, en cuanto a la consignación de los propietarios del bien inmueble, debiendo ser la correcta redacción, la siguiente:
TITULAR |
CONDICIÓN AFECTADO |
PARTIDA REGISTRAL |
ÁREA AFECTADA |
VALOR DE TASACIÓN |
Has. |
S/. |
|||
DOLORES MELITONA MOLLO LLACHO, LEON ZENOVIO ROSAS MOLLO, MARTINA AURELIA ROSAS MOLLO, EPIFANIO SEVERO ROSAS MOLLO. |
PROPIETARIOS |
04004989 |
202.8700 has. |
S/. 1,058,016.01 |
Segundo.– MANTENER subsistentes los demás extremos del Acuerdo Regional N° 074-2022-GRA/CR-AREQUIPA.
Tercero.– NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional a AUTODEMA.
Cuarto.– DISPONER, la publicación del presente Acuerdo Regional en la página web del Gobierno Regional de Arequipa.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
2138030-1