Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2023

ORDENANZA Nº 584-2022-MDB

Barranco, 29 de noviembre de 2022

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Oficio Nº D001774-2022-MML-GSGC emitido por el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Informe Nº 017-2022-ST-GFSC-MDB emitido por el Gerente de la Gerencia de Fiscalización, Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, y el Dictamen Nº 051-2022-MDB-COAJySC emitido por la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos y Seguridad Ciudadana, respecto a la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante la Ley Nº 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garanticas individuales y sociales a nivel nacional, asimismo, comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la nación peruana;

Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital;

Que, mediante la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC aprobada por Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN se establece los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana;

Que, la Directiva antes citada, tiene como finalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, enfoque transversal de salud pública, enfoque territorial y descentralizado, enfoque transversal de articulación interinstitucional, enfoque de género, enfoque de interculturalidad, enfoque transversal de presupuesto, seguimiento y evaluación; y tiene alcance nacional, siendo de cumplimiento obligatorio, entre otros, por los órganos de ejecución de seguridad Ciudadana del ámbito distrital, en el marco de sus competencias;

Que, a través del Oficio Nº D001774-2022-MML-GSGC, suscrito por el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Responsable de la Secretaria Técnica del CORESEC LM, declaran el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del CODISEC Barranco como “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”, a nivel de su jurisdicción distrital, acompañado del informe técnico respectivo;

Que, el numeral 7.6 de la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, establece que declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, se propone ante el Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza, incorporando el PADSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional;

Que, mediante documento del visto, el Secretario Técnico del CODISEC de Barranco, remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, a fin que se proceda con su aprobación por parte del Concejo mediante Ordenanza Municipal;

Que, con Dictamen del visto, la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos y Seguridad Ciudadana tiene a bien recomendar la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2023;

Estando a lo informado por la Secretaría Técnica del CODISEC de Barranco, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE BARRANCO para el año 2023, que en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la ordenanza y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco www.munibarranco.gob.pe.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ JUAN RODRIGUEZ CÁRDENAS

Alcalde

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