Designan miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 013-2022-MC

Lima, 22 de diciembre de 2022

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional de difusión de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento, conforme a lo establecido en su Ley de creación, Decreto Legislativo N° 829;

Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 056-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP y su modificatoria, establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de gobierno del IRTP, que está conformado por un Presidente y cuatro (04) miembros designados por resolución suprema;

Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, corresponde designar al funcionario que ocupe dicho cargo, a fin de garantizar el funcionamiento de dicha institución;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 829, que Crea el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 056-2001-ED y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor JESUS ANTONIO SOLARI DIAZ como miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP.

Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por la Ministra de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2137048-15