Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2023
resolución viceministerial
Nº 003-2022-EF/11.01
Lima, 19 de diciembre del 2022
CONSIDERANDO:
Que, es necesario garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Cronograma de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestal y financiera del Año Fiscal 2023;
Que, asimismo, resulta necesario incluir como parte del indicado Cronograma a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida para tal efecto por el citado organismo mediante el Oficio N° 370-2022-ONP/GG;
Que, el mencionado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados conceptos se realizan con cargo a Recursos Ordinarios y otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces, es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo financiamiento, así como para un eficiente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento;
Que, la aprobación del citado Cronograma de Pagos tiene por finalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público;
De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cronograma Anual Mensualizado
1.1 Aprobar el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2023, el mismo que se detalla en los siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial:
a) Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones para el Año Fiscal 2023, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
b) Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el Año Fiscal 2023, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
c) Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el Año Fiscal 2023, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional.
1.2 El Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza.
1.3 Las obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda.
Artículo 2.- Responsabilidad
El Cronograma Anual Mensualizado a que se refiere el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, es responsable de adoptar las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el financiamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento, así como para el correspondiente registro de las operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Atención de otras obligaciones relacionadas
3.1 La atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de Remuneraciones y/o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Gratificaciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.
3.2 Aquellas Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de Remuneraciones y Gratificaciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Viceministerial y sus anexos se publican en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA
Viceministro de Hacienda
ANEXO 01
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE REMUNERACIONES PARA EL AÑO FISCAL 2023
A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES
SECTORES |
ENERO |
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
MAYO |
JUNIO |
JULIO |
AGOSTO |
SETIEMBRE |
OCTUBRE |
NOVIEMBRE |
DICIEMBRE |
Presidencia del Consejo de Ministros |
||||||||||||
Poder Judicial |
||||||||||||
Justicia |
||||||||||||
Relaciones Exteriores |
||||||||||||
Economía y Finanzas |
||||||||||||
Universidades Públicas |
||||||||||||
Agrario y de Riego |
||||||||||||
Contraloría General de la República |
||||||||||||
Defensoría del Pueblo |
||||||||||||
Junta Nacional de Justicia |
Viernes 20 |
Lunes 20 |
Lunes 20 |
Viernes 21 |
Viernes 19 |
Martes 20 |
Jueves 20 |
Viernes 18 |
Miércoles 20 |
Jueves 19 |
Martes 21 |
Lunes 18 |
Ministerio Público |
||||||||||||
Tribunal Constitucional |
||||||||||||
Defensa |
||||||||||||
Congreso de la República |
||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones |
||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales. |
||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil |
||||||||||||
Transportes y Comunicaciones |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura |
||||||||||||
Educación : UGEL 01, 03 y 07 |
Lunes 23 |
Martes 21 |
Martes 21 |
Lunes 24 |
Lunes 22 |
Miércoles 21 |
Viernes 21 |
Lunes 21 |
Jueves 21 |
Viernes 20 |
Miércoles 22 |
Martes 19 |
Gobiernos Regionales : Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno |
||||||||||||
Cultura |
Martes 24 |
Miércoles 22 |
Miércoles 22 |
Martes 25 |
Martes 23 |
Jueves 22 |
Lunes 24 |
Martes 22 |
Viernes 22 |
Lunes 23 |
Jueves 23 |
Miércoles 20 |
Educacion : excepto UGEL 01, 03 y 07 |
||||||||||||
Gobiernos Regionales : Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno |
||||||||||||
Ambiental |
Miércoles 25 |
Jueves 23 |
Jueves 23 |
Miércoles 26 |
Miércoles 24 |
Viernes 23 |
Martes 25 |
Miércoles 23 |
Lunes 25 |
Martes 24 |
Viernes 24 |
Jueves 21 |
Salud |
||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo |
||||||||||||
Energía y Minas |
||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo |
||||||||||||
Vivienda, Construcción y Saneamiento |
||||||||||||
Producción |
||||||||||||
Mujer y Poblaciones Vulnerables |
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Desarrollo e Inclusión Social |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura |
||||||||||||
Interior |
Jueves 26 |
Viernes 24 |
Viernes 24 |
Jueves 27 |
Jueves 25 |
Lunes 26 |
Miércoles 26 |
Jueves 24 |
Martes 26 |
Miércoles 25 |
Lunes 27 |
Viernes 22 |
Fuero Militar Policial |
||||||||||||
(*) En las fechas que se indican también se atiende pagos de carácter no remunerativo y de pago periódico: CAS, FAG, Estipendio por Secigra, Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales |
ANEXO 02
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES (DECRETO LEY N° 20530) PARA EL AÑO FISCAL 2023, A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
SECTORES y/o PLIEGOS |
ENERO |
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
MAYO |
JUNIO |
JULIO |
AGOSTO |
SETIEMBRE |
OCTUBRE |
NOVIEMBRE |
DICIEMBRE |
Presidencia del Consejo de Ministros |
||||||||||||
Poder Judicial |
||||||||||||
Justicia |
||||||||||||
Relaciones Exteriores |
||||||||||||
Economía y Finanzas |
||||||||||||
Universidades Publicas |
||||||||||||
Contraloría General de la República |
||||||||||||
Defensoría del Pueblo |
||||||||||||
Junta Nacional de Justicia |
Viernes 13 |
Lunes 13 |
Lunes 13 |
Viernes 14 |
Viernes 12 |
Martes 13 |
Jueves 13 |
Viernes 11 |
Miércoles 13 |
Jueves 12 |
Martes 14 |
Martes 12 |
Ministerio Público |
||||||||||||
Tribunal Constitucional |
||||||||||||
Congreso de la República |
||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones |
||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales |
||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura |
||||||||||||
Educación : UGEL 01, 03 y 07 |
Lunes 16 |
Martes 14 |
Martes 14 |
Lunes 17 |
Lunes 15 |
Miércoles 14 |
Viernes 14 |
Lunes 14 |
Jueves 14 |
Viernes 13 |
Miércoles 15 |
Miércoles 13 |
Cultura |
Martes 17 |
Miércoles 15 |
Miércoles 15 |
Martes 18 |
Martes 16 |
Jueves 15 |
Lunes 17 |
Martes 15 |
Viernes 15 |
Lunes 16 |
Jueves 16 |
Jueves 14 |
Educacion: excepto UGEL 01, 03 y 07 |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación |
||||||||||||
Ambiental |
||||||||||||
Salud |
||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo |
||||||||||||
Agrario y de Riego |
||||||||||||
Energía y Minas |
||||||||||||
Defensa |
||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo |
||||||||||||
Transportes y Comunicaciones |
Miércoles 18 |
Jueves 16 |
Jueves 16 |
Miércoles 19 |
Miércoles 17 |
Viernes 16 |
Martes 18 |
Miércoles 16 |
Lunes 18 |
Martes 17 |
Viernes 17 |
Viernes 15 |
ANEXO 03
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES AÑO 2023
(DECRETO LEY N° 19990) PARA EL AÑO FISCAL 2023, A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
2136198-1