LEY Nº 31644

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE ALTO TRUJILLO EN LA PROVINCIA DE TRUJILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto crear el distrito de Alto Trujillo en la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad y establecer su límite territorial.

Artículo 2. Creación del distrito

Se crea el distrito de Alto Trujillo en la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, con su capital el núcleo urbano de Alto Trujillo.

Artículo 3. Límite territorial

La memoria descriptiva del límite territorial del distrito de Alto Trujillo es la siguiente:

Límite interdistrital Alto Trujillo-Huanchaco

Inicia en la cumbre del cerro Cabras en la cota 655 de referencia; continúa en dirección noreste en línea recta, hasta el punto de coordenada UTM 717 365 m E y 9 109 924 m N; continúa en dirección noreste por la estribación suroeste de un cerro sin nombre en la cota 430 de referencia, hasta la cumbre de un cerro sin nombre en la cota 430 de referencia; continúa en dirección noreste por la divisoria de aguas de la quebrada San Ildefonso con la quebrada Río Seco y quebrada León, finaliza en la cumbre sureste del cerro El Alto en la cota 1015 de referencia.

Para la descripción del presente límite se utilizó la Cartografía Básica Oficial: Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Trujillo, Perú, 1:100 000, 3ra edición, serie J631, hoja 1054 (17-e), Lima, Perú, e Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Salaverry, Perú, 1:100 000, 2da edición, serie J631, hoja 1154 (17-f), Lima, Perú.

Límite interdistrital Alto Trujillo-El Porvenir

Inicia en la cumbre sureste del cerro El Alto en la cota 1015 de referencia; continúa en dirección sureste por la estribación sureste de dicho cerro, hasta su intersección en la desembocadura de una quebrada sin nombre en la quebrada San Ildefonso en la coordenada UTM 723 185 m E y 9 111 004 m N de referencia; continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada San Ildefonso hasta el punto de coordenada UTM 720 910 m E y 9 108 871 m N en el thalweg de la quebrada San Ildefonso.

Para la descripción del tramo antes señalado se utilizó la Cartografía Básica Oficial del Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Salaverry, Perú, 1:100 000, 2da edición, serie J631, hoja 1154 (17-f), Lima, Perú.

Desde el punto de coordenada UTM 720 910 m E y 9 108 871 m N en el thalweg de la quebrada San Ildefonso, el límite continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada San Ildefonso, hasta el punto de coordenada UTM 720 391 m E y 9 107 894 m N en el thalweg de la quebrada San Ildefonso; continúa en dirección oeste en línea recta hasta el punto de coordenada UTM 720 308 m E y 9 107 879 m N; continúa en dirección oeste por el eje de la vía prolongación avenida Uno, finaliza en su intersección con el eje de la vía prolongación avenida 12 de Noviembre en la coordenada UTM 718 038 m E y 9 107 463 m N de referencia.

Para la descripción del tramo antes señalado se utilizó la fuente cartográfica de la Municipalidad Provincial de Trujillo (2020), Plano Base Trujillo Metropolitano, Perú, 1:10 000, sin número de edición, sin serie, Plano No 02, Trujillo, Perú.

Límite interdistrital Alto Trujillo-Florencia de Mora

Inicia en la intersección del eje de la vía prolongación avenida Uno con el eje de la vía prolongación avenida 12 de Noviembre en la coordenada UTM 718 038 m E y 9 107 463 m N de referencia; continúa en dirección oeste por el eje de la vía prolongación avenida Uno, finaliza en su intersección con el eje de la avenida Francisco Bolognesi en la coordenada UTM 716 795 m E y 9 107 236 m N de referencia.

Para la descripción del presente límite se utilizó la fuente cartográfica de la Municipalidad Provincial de Trujillo (2020), Plano Base Trujillo Metropolitano, Perú, 1:10 000, sin número de edición, sin serie, Plano Nº 02, Trujillo, Perú.

Límite interdistrital Alto Trujillo-La Esperanza

Inicia en la intersección del eje de la vía prolongación avenida Uno con el eje de la avenida Francisco Bolognesi en la coordenada UTM 716 795 m E y 9 107 236 m N de referencia; continúa en dirección norte por el eje de la avenida Francisco Bolognesi hasta su intersección con el eje de una vía sin nombre en la coordenada UTM 716 769 m E y 9 108 156 m N de referencia; continúa en dirección noroeste en línea quebrada por los puntos de coordenadas UTM: 716 722 m E y 9 108 160 m N, 716 722 m E y 9 108 328 m N, 716 797 m E y 9 108 330 m N, 716 838 m E y 9 108 327 m N, 716 839 m E y 9 108 355 m N, 716 810 m E y 9 108 360 m N, 716 810 m E y 9 108 386 m N, 716 805 m E y 9 108 401 m N, 716 803 m E y 9 108 440 m N, 716 734 m E y 9 108 412 m N, y 716 685 m E y 9 108 420 m N hasta el punto de coordenada UTM 716 642 m E y 9 108 460 m N.

Para la descripción del tramo antes señalado se utilizó la fuente cartográfica de la Municipalidad Provincial de Trujillo (2020), Plano Base Trujillo Metropolitano, Perú, 1:10 000, sin número de edición, sin serie, Plano No 02, Trujillo, Perú.

Desde el punto de coordenada UTM 716 642 m E y 9 108 460 m N, el límite continúa en dirección norte por la vaguada sur del cerro Cabras, finaliza en la cumbre de dicho cerro en la cota 655 de referencia.

Para la descripción del tramo se utilizó la Cartografía Básica Oficial del Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Trujillo, Perú, 1:100 000, 3ra edición, serie J631, hoja 1054 (17-e), Lima, Perú.

Las coordenadas mencionadas en la memoria descriptiva del límite territorial del distrito de Alto Trujillo señalada en el presente artículo corresponden a la Zona 17 Sur, Datum WGS1984, Sistema de Proyección UTM.

Artículo 4. Representación cartográfica y memoria normalizada

Forman parte de la presente ley la representación cartográfica de la memoria descriptiva del límite territorial del distrito de Alto Trujillo, contenida en el Anexo 1.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Autoridades político-administrativas

El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones correspondientes a fin de dotar de autoridades político-administrativas al distrito de Alto Trujillo que se crea con la presente ley.

SEGUNDA. Autoridades judiciales

El Poder Judicial dispone las acciones necesarias a fin de designar a las autoridades judiciales correspondientes al distrito de Alto Trujillo que se crea con la presente ley.

TERCERA. Documento nacional de identidad

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) otorga a la población del distrito de Alto Trujillo un documento nacional de identidad (DNI) con los datos de domicilio actualizados.

CUARTA. Elección de las autoridades municipales

El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales del distrito de Alto Trujillo, conforme a lo dispuesto en la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.

QUINTA. Prevalencia de la ley

La presente ley prevalece sobre la Ley 15368, Ley que crea el distrito de El Porvenir, en la provincia de Trujillo; la Ley 15418, Ley que crea el distrito de La Esperanza, en la provincia de Trujillo; y la Ley 24316, Ley que crea en el departamento de La Libertad, provincia de Trujillo, el distrito de Florencia de Mora; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, modificado por la Ley 30918, Ley que fortalece los mecanismos para el tratamiento de las acciones de demarcación territorial.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

PRIMERA. Administración de recursos y prestación de servicios públicos

En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el distrito de Alto Trujillo, la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos están a cargo de la Municipalidad Provincial de Trujillo, correspondiéndole, además, el manejo de los recursos reasignados a la nueva circunscripción, de conformidad con el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento de la Ley 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF.

SEGUNDA. Junta de delegados vecinales comunales

La Municipalidad Provincial de Trujillo debe constituir una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito de Alto Trujillo hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicho distrito, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. El ejercicio de dichas funciones no implica en ningún caso la administración y manejo de recursos.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil veintidós.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

PEDRO MIGUEL ANGULO ARANA

Presidente del Consejo de Ministros

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