Aprueban las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A.
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
N° 136-2022-SUNEDU/CD
Lima, 14 de diciembre de 2022
VISTOS:
Las Solicitudes de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) ) N° 036198-2022-SUNEDU-TD del 4 de julio de 2022 y RTD N° 044047-2022-SUNEDU-TD del 19 de agosto de 2022, presentadas por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A. (en adelante, Universidad); y, los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 del 6 de diciembre de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic).
CONSIDERANDO:
1. Antecedentes
De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.
El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.
El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD1 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), regula el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a la Sunedu verificar y garantizar que la modificación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional.
Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 039-2017-SUNEDU/CD del 6 de octubre de 2017, publicada el 8 de octubre de 2017 en el diario oficial “El Peruano”, se otorgó a la Universidad la licencia institucional para ofrecer el servicio educativo superior, con una vigencia de seis (6) años. De acuerdo con la licencia otorgada, sus modificaciones y rectificación2, la Universidad puede ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus cinco (5) locales, ubicados en la provincia y departamento de Lima3, cuya sede (SL01) está ubicada en Av. La Fontana N° 550, distrito de La Molina. Además, se reconoció que su oferta educativa está compuesta por ciento cuatro (104) programas académicos, de los cuales sesenta y ocho (68) conducen a grado académico de bachiller y título profesional, treinta y uno (31) a grado académico de maestro, cuatro (4) a grado académico de doctor, y uno (1) al de segunda especialidad.
Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, se modificó los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorporó los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modificación de licencia institucional4, consignando los requisitos aplicables a cada uno de ellos, y desarrolló los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables.
Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modificación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 5, 7 y 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sunedu5 y los literales c), e) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento, establecen como supuesto de modificación de licencia institucional, la creación de programas conducentes a grados y título, el cambio de modalidad y el cambio de locación de programas conducentes a grados y títulos6.
Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, publicada en el diario oficial “El Peruano”, el 25 de agosto de 2020, se aprobó el “Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia”, e incorporó los numerales 31.5, 31.6, 31.7, al artículo 31; así como los numerales 40.5, 40.6 y 40.7 al artículo 40 de Reglamento de Licenciamiento.
Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU del 19 de agosto de 20227, se modificó el Reglamento de Licenciamiento, suprimiéndose requisitos de admisibilidad para los diversos escenarios de modificación de licencia y se modificó el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40.
El 4 de julio de 2022, mediante Oficio N° 036-2022-RECTORADO-USIL8, la Universidad presentó una SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, solicitando: i) el cambio de modalidad de cinco (5) programas de estudios conducentes a grados y títulos9, y; ii) el cambio de locación por ampliación de oferta de dos (2) programas de estudios de conducentes a grados y títulos10, de conformidad con los literales e) y f) del numeral 31.1 y el numeral 31.5 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento.
El 19 de julio de 2022, mediante Oficio N° 0498-2022-SUNEDU-02-12, se notificó a la Universidad observaciones a los requisitos de admisibilidad presentados con su SMLI, otorgándose el plazo de diez (10) días hábiles para subsanarlas.
El 3 de agosto de 2022, mediante Oficio N° 040-2022-RECTORADO-USIL11, la Universidad remitió información con el objetivo de subsanar las observaciones antes notificadas. Asimismo, mediante Anexo N° 2 - Formato de Solicitud de Licencia Institucional, precisó que su pretensión estaba referida a: i) el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos12 y; ii) el cambio de locación por ampliación de oferta de dos (2) programas de estudios de conducentes a grados y títulos13.
El 11 de agosto de 2022, se notificó a la Universidad el Oficio N° 0551-2022-SUNEDU-02-12, a través del cual la Dilic remite la Resolución de Trámite N° 2 del 10 de agosto de 2022, que resuelve declarar la admisibilidad de la SMLI presentada por la Universidad.
El 21 de septiembre de 2022, mediante el Oficio N° 0776-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 3, que resuelve disponer la realización de una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP) los días 26 y 27 de septiembre de 2022, a través de la plataforma Microsoft Teams, con la finalidad de recabar información vinculada a su SMLI.
El 22 y 23 de septiembre de 2022, mediante Oficios N° 051-2022-RECTORADO-USIL14 y N° 052-2022-RECTORADO-USIL15, respectivamente; la Universidad remitió información solicitada para la DAP. Los días 26 y 27 de septiembre de 2022, se desarrolló la DAP vía la plataforma Microsoft Teams, donde se solicitó y recabó documentación en el marco de la SMLI.
El 27 de septiembre de 2022, la Universidad remitió16, entre otros documentos requeridos en el marco de la DAP, la actualización del Anexo N° 2 -Formato de Solicitud de Modificación de Licencia, y señaló que su pretensión se encontraba referida al cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, y; el cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos. En ese sentido, la pretensión de la Universidad quedó actualizada de la siguiente manera: i) el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, y; ii) el cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos.
TABLA 1. CAMBIO DE MODALIDAD DE CUATRO (4) PROGRAMAS DE ESTUDIOS
N° |
Cód. |
Denomi- nación de programa |
Modalidad de estudios licenciada |
Modalidad de estudios solicitada |
Denominación del grado académico |
Denominación del título que otorga |
Local donde se dictará la nueva modalidad* |
1 |
P125 |
Ingeniería Industrial |
Presencial |
Semipresencial |
Bachiller en Ingeniería Industrial |
Ingeniero Industrial |
SL02, SL03 y SL04 |
2 |
P126 |
Marketing y Gestión Comercial |
Presencial |
Semipresencial |
Bachiller en Marketing y Gestión Comercial |
Licenciado en Marketing y Gestión Comercial |
SL02, SL03 y SL04 |
3 |
P127 |
Negocios Internacionales |
Presencial |
Semipresencial |
Bachiller en Negocios Internacionales |
Licenciado en Negocios Internacionales |
SL02 |
4 |
P128 |
Administración de Empresas |
Presencial |
A distancia |
Bachiller en Administración de Empresas |
Licenciado en Administración de Empresas |
SL02 |
* Los locales consignados son los mismos que forman parte de la licencia vigente, con excepción del programa Negocios Internacionales, cuya modalidad semipresencial, se dictará adicionalmente en los locales SL03 y SL04, razón por la cual se ha incluido en la solicitud de cambio de locación por ampliación de oferta académica, al igual que el programa Ingeniería Industrial (modalidad semipresencial) que hará uso de manera parcial los laboratorios de Física I (SL01LA23), Física II (SL01LA24) y dos laboratorios de Química (SL01LA26 y SL01LA27) que se encuentran en el local SL01.
TABLA 2. CAMBIO DE LOCACIÓN DE TRES (3) PROGRAMAS DE ESTUDIOS
N° |
Cód. |
Denominación de programa |
Modalidad de estudios |
Denominación del grado académico |
Denominación del título que otorga |
Local autorizado |
Local para cambio de locación |
1 |
P123 |
Administración de Empresas |
Semipresencial |
Bachiller en Administración de Empresas |
Licenciado en Administración de Empresas |
SL02 |
SL03 y SL04 |
2 |
P125 |
Ingeniería Industrial |
Semipresencial |
Bachiller en Ingeniería Industrial |
Ingeniero Industrial |
SL02, SL03 y SL04* |
SL01** |
3 |
P127 |
Negocios Internacionales |
Semipresencial |
Bachiller en Negocios Internacionales |
Licenciado en Negocios Internacionales |
SL02* |
SL03 y SL04 |
* Local donde se autorizará los programas en la modalidad semipresencial, solicitados en la presente SMLI.
** Ampliación de oferta parcial al local SL01, toda vez que los alumnos de los locales SL02, SL03 y SL04 harán uso de los laboratorios de Física I (SL01LA23), Física II (SL01LA24) y dos (2) laboratorios de Química (SL01LA26 y SL01LA27) que se encuentran ubicados en el local SL01.
El 29 de septiembre de 2022, a través del Oficio N° 0824-2022-SUNEDU-02-12, se notificó a la Universidad las Actas de inicio y fin de la DAP, la copia del Anexo 1 del Acta de fin de la DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida diligencia.
El 30 de septiembre de 2022, mediante Oficio N° 053-2022-RECTORADO-USIL17, la Universidad remitió información requerida en el Anexo 1 del Acta de fin de la DAP. Asimismo, el 13, 17, 24 y 27 de octubre de 2022, mediante Oficios N° 054-2022-RECTORADO-USIL18, N° 056-2022-RECTORADO-USIL19, N° 060-2022-RECTORADO-USIL20, y; N° 063-2022-RECTORADO-USIL21, respectivamente; la Universidad remitió información complementaria requerida durante la DAP.
Por otro lado, el 19 de agosto de 2022, mediante Oficio N° 044-2022-RECTORADO-USIL22, la Universidad presentó una SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, solicitando: i) la creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título23, ii) cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos24, iii) cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos25, de conformidad con los literales c), e) y f) del numeral 31.1 y 31.6 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento.
El 7 de septiembre de 2022, mediante Oficio N° 0676-2022-SUNEDU-02-12, se notificó a la Universidad observaciones a los requisitos de admisibilidad presentados con su SMLI, otorgándose el plazo de diez (10) días hábiles para subsanarlas.
El 20 de septiembre de 2022, mediante Oficio N° 050-2022-RECTORADO-USIL26, la Universidad remitió información con el objetivo de subsanar las observaciones notificadas mediante Oficio N° 0676-2022-SUNEDU-02-12.
El 30 de septiembre de 2022, se notificó a la Universidad el Oficio N° 0828-2022-SUNEDU-02-12, a través del cual la Dilic, remite la Resolución de Trámite N° 2 del 10 de agosto de 2022, que declara la admisibilidad de la SMLI presentada por la Universidad.
El 13 de octubre de 2022, mediante el Oficio N° 0853-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 3, que resuelve disponer la realización de una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP), a través de la plataforma Microsoft Teams, los días 18 y 19 de octubre de 2022, con la finalidad de recabar información vinculada a su SMLI.
El 14 de octubre de 2022, mediante Oficio N° 055-2022-RECTORADO-USIL27, la Universidad remitió información solicitada para la DAP. En ese sentido, los días 18 y 19 de octubre de 2022, se desarrolló la DAP, vía plataforma Microsoft Teams, donde se solicitó y recabó documentación en el marco de la SMLI.
El 19 de octubre de 2022, la Universidad remitió28, entre otros documentos requeridos en el marco de la DAP, la actualización del Anexo N° 2 -Formato de Solicitud de Modificación de Licencia, precisando que mantendrán los programas en las modalidades licenciadas.
En ese sentido, las pretensiones del expediente N° 044047-2022-SUNEDU-TD referidas al escenario de creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título, cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, y; el cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos; presenta el siguiente detalle:
TABLA 3. CREACIÓN DE UN (1) PROGRAMA DE ESTUDIOS CONDUCENTE A GRADO Y TÍTULO
N° |
Cód. |
Denominación de programa |
Grado Académico |
Modalidad de estudios |
Denominación del grado académico |
Denominación del título que otorga |
Local donde se brindará el programa |
1 |
P133 |
Ciencias de Datos |
Bachiller |
A distancia |
Bachiller en Ciencia de Datos |
Licenciado en Ciencia de Datos |
SL02 |
TABLA 4. CAMBIO DE MODALIDAD DE
CUATRO (4) PROGRAMAS DE ESTUDIOS
N° |
Cód. |
Denomi- nación de programa |
Modalidad autorizada |
Modalidad de estudios |
Grado Académico |
Denomi- nación del grado académico que otorga |
Denomi- nación del título que otorga |
Local donde se brindará el programa |
1 |
P129 |
Contabilidad |
Presencial |
Semi- presencial |
Bachiller |
Bachiller en Contabilidad |
Contador Público |
SL02 y SL03 |
2 |
P130 |
Ingeniería Empresarial y de Sistemas |
Presencial |
Semi- presencial |
Bachiller |
Bachiller en Ingeniería Empresarial y de Sistemas |
Ingeniero Empresarial y de Sistemas |
SL02 y SL03 |
3 |
P131 |
Adminis- tración y Finanzas |
Presencial |
Semi- presencial |
Bachiller |
Bachiller en Administración y Finanzas |
Licenciado en Administración y Finanzas |
SL02 |
4 |
P132 |
Comuni- cación y Publicidad |
Presencial |
Semi- presencial |
Bachiller |
Bachiller en Comunicación y Publicidad |
Licenciado en Comunicación y Publicidad |
SL02 |
TABLA 5. CAMBIO DE LOCACIÓN DE CUATRO (4) PROGRAMAS DE ESTUDIOS
N° |
Cód. |
Denominación de programa |
Modalidad de estudios |
Denominación del grado académico que otorga |
Denominación del título que otorga |
Local autorizado* |
Local donde se solicita ampliar la oferta |
1 |
P129 |
Contabilidad |
Semipresencial |
Bachiller en Contabilidad |
Contador Público |
SL02 y SL03 |
SL04 |
2 |
P130 |
Ingeniería Empresarial y de Sistemas |
Semipresencial |
Bachiller en Ingeniería Empresarial y de Sistemas |
Ingeniero Empresarial y de Sistemas |
SL02 y SL03 |
SL01** y SL04 |
* Local donde se autorizará los programas en la modalidad semipresencial.
**Ampliación de oferta parcial al local SL01, toda vez que los estudiantes de los locales SL02, SL03 y SL04, harán uso de los laboratorios de Física I ((SL01LA23), Física II (SL01LA24) que se encuentran en el local SL01.
El 24 de octubre de 2022, a través del Oficio N° 0883-2022-SUNEDU-02-12, se notificó a la Universidad las Actas de inicio y fin de la DAP, la copia del Anexo 1 del Acta de fin de la DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida diligencia.
En esa misma fecha, mediante Oficio N° 061-2022-RECTORADO-USIL29, la Universidad remitió información requerida en el Anexo 1 de la DAP. Asimismo, el 27 y 28 de octubre de 2022, mediante Oficio N° 062-2022-RECTORADO-USIL30 y Oficio N° 064-2022-RECTORADO-USIL31, respectivamente; la Universidad remitió información complementaria en requerida durante la DAP.
En atención a los actuados descritos, el 6 de diciembre de 2022, mediante Oficio N° 1020-2022-SUNEDU-02-12, se le notificó a la Universidad, la Resolución de Trámite N° 4, mediante la cual se resolvió acumular las SMLI ingresadas con RTD N° 036198-2022-SUNEDU-TDdel 4 de julio de 2022 referida a: i) cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos32, y; ii) cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos33 y RTD N° 044047-2022-SUNEDU-TD del 19 de agosto de 2022. referida a: i) creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título34, ii) cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos35, y; iii) cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título36
Finalmente, corresponde indicar que, durante los procedimientos de modificación de licencia institucional referidas a ambas pretensiones, se realizaron nueve (9) reuniones37 entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fin de brindar información sobre aspectos relacionados con su SMLI.
Mediante los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 del 6 de diciembre de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la modificación de licencia institucional y reconocer para la SMLI ingresada con RTD N° 036198-2022-SUNEDU-TD el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos; y, el cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y; para la SMLI ingresada con RTD N° 044047-2022-SUNEDU-TD referida a la creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título, cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, y; el cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos.
Según el análisis contenido en los informes técnicos antes referidos, la Universidad cuenta con un modelo educativo y lineamientos pedagógicos para la modalidad semipresencial y a distancia, evidenciando que posee una ruta formativa para el desarrollo de los programas de estudios de ambas SMLI. Así también, cuenta con una propuesta curricular que le permite planificar, definir y justificar el proceso de enseñanza aprendizaje alineado al modelo educativo bajo la modalidad semipresencial y a distancia. Así como, documentos que garantizan la regulación de los procesos académicos-administrativos adaptados a la modalidad semipresencial y a distancia, y como normativa que regula la protección de la propiedad intelectual de tareas, evaluaciones, trabajos, recursos y materiales de aprendizaje.
Asimismo, dicha casa de estudio presentó información que sustenta la creación del programa de Ciencia de Datos (P133), basándose en la problemática nacional y regional, así como, en la necesidad de contar con especialistas en dicha área; presentando, además, la población objetivo delimitada y los actores estratégicos.
Por otro lado, cuenta con líneas de investigación institucionales y proyectos de investigación vinculados a la pretensión de ambas SMLI. Asimismo, el presupuesto de investigación tiene una tendencia ascendente, ejecutando el 87,7% y 108,9% del mismo para los años 2020 y 2021, respectivamente, lo que evidencia la capacidad de gestión de los recursos para el cumplimiento de las actividades de investigación. Además, evidenció el desarrollo de la investigación a través del incremento de las publicaciones científicas en bases de datos de alto impacto (WoS y Scopus), como resultado de la producción científica de los docentes Renacyt.
En lo que respecta a su pretensión de cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos38 y; cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos39; la Universidad cuenta con roles y perfil docente para la enseñanza de los programas en las modalidades semipresencial y a distancia; documentación de gestión institucional donde se define la existencia de requisitos mínimos específicos para ejercer la docencia, relacionado a los entornos no presenciales de aprendizaje; asi como con sesenta (60) docentes de la plana institucional que cubrirán las asignaturas de los programas de la presente SMLI para los tres (3) primeros años y una proyección de contratación de ochenta y siete (87) docentes para los dos (2) últimos años; por lo que garantiza el desarrollo adecuado de la enseñanza y fines de los programas solicitados para las modalidades semipresencial y a distancia.
Asimismo, para su pretensión de creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título40, cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos41 y; cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos42; la Universidad cuenta con cincuenta y seis (56) docentes de la plana institucional que cubrirán las asignaturas de los programas para los cinco (5) primeros años y contratará ochenta y dos (82) docentes para los tres (3) últimos años; por lo que garantiza el desarrollo adecuado de la enseñanza y fines de los programas solicitados para las modalidades semipresencial y a distancia. En ese sentido, al semestre 2022-II, la Universidad evidenció contar con 27,6% de docentes a tiempo completo; y 74,4% de docentes a tiempo parcial. Por tanto, demostró superar el porcentaje mínimo de docentes a tiempo completo establecido en la Ley Universitaria.
En lo que respecta a la estructura tecnológica, la Universidad evidenció poseer un sistema de aprendizaje virtual adecuado y pertinente, así como recursos tecnológicos de apoyo para el desarrollo de las asignaturas en entornos no presenciales de aprendizaje; asimismo, cuenta con procedimientos y guías metodológicas para la producción y difusión del material educativo que articula con el modelo educativo y los objetivos académicos de los programas de la pretensión.
A su vez, demostró disponer de infraestructura y equipamiento en los locales SL01, SL02, SL03 y SL04 para brindar la oferta de los programas vinculados a la SMLI; contando dichos locales con aforo y disponibilidad horaria necesaria para el desarrollo de las actividades académicas.
La Universidad cuenta con personal calificado a cargo de la gestión académica de los programas de la SMLI, orientado a garantizar el seguimiento, evaluación y mejora de los procesos curriculares y; con ello identificar posibles problemas y proponer acciones correctivas que fortalezcan el desarrollo académico de los programas, cubriendo las necesidades académicas relacionadas con los procesos de enseñanza-aprendizaje en entornos no presenciales
Respecto a las estrategias de información, inducción, seguimiento y acompañamiento a los estudiantes de la modalidad a distancia, la Universidad demostró disponer de lineamientos y mecanismos para la inducción, seguimiento y acompañamiento de estudiantes y egresados
En cuanto a los recursos económicos y financieros, para ambas SMLI; dicha institución cuenta con un Plan de Financiamiento que asegura la dotación de recursos humanos, financieros y materiales para el inicio y sostenibilidad de los programas propuestos, así como para el cumplimiento de sus objetivos académicos, con base en el cumplimiento de las premisas establecidas. Financiará con recursos propios los gastos preoperativos y el déficit del primer año, y posteriormente, se autofinanciará con los flujos generados por cada programa propuesto.
Finalmente, en lo que respecta al acervo bibliográfico; para ambas SMLI, la Universidad evidenció contar con acervo bibliográfico físico disponible para los programas de las pretensiones en los locales SL01, SL02, SL03 y SL04. En cuanto al acervo bibliográfico virtual la Universidad cuenta con seis (6) plataformas digitales de información.
Por lo expuesto, las SMLI de la Universidad no inciden negativamente en las CBC verificadas en el procedimiento de licenciamiento institucional.
2. De los Informes Técnicos de Modificación de Licencia Institucional
Los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12, contienen la evaluación integral de la documentación requerida en los literales c), e) y f) del numeral 31.1, 31.5 y 31.6 artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modificado, entre otras, por las Resoluciones del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD y N° 086-2022-SUNEDU.
En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 004-2019-JUS, este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de las CBC expuestas en los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 del 6 de diciembre de 2022, en tanto; los referidos informes motivan y fundamentan la presente resolución, por lo que forman parte integrante de la misma.
Asimismo, en aplicación de la Resolución del Consejo Directivo N° 026-2016-SUNEDU-CD que aprueba el Reglamento de tratamiento de la información confidencial en los procedimientos administrativos de la Sunedu, se ha cumplido con la reserva de información con carácter confidencial que pudiera contener los informes antes señalados.
En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017- SUNEDU/CD y modificado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD y N° 086-2022-SUNEDU; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 046-2022.
SE RESUELVE:
Primero.- APROBAR las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., y RECONOCER, el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos; y, el cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados según se detalla en las Tablas N° 1, N° 2 de la presente Resolución; y, la creación de un (1) programa de estudios conducente a grado y título, cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, y; el cambio de locación por ampliación de oferta de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y títulos, según se detalla en las Tablas N° 3, N° 4 y N° 5 de la presente Resolución.
Segundo.- REQUERIR a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A. lo siguiente:
(i) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los semestres académicos 2025-I, 2025-II, 2026-I, 2026-II, 2027-I y 2027-II, evidencias (informe de resultados de acuerdo con su cronograma, que incluya información como las bases, convocatorias, resultados finales, entre otros) del cumplimiento del Plan Progresivo de Contratación docente, según lo establecido en los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12.
(ii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al finalizar el periodo académico 2023-I, evidencias (informe de resultados de acuerdo con su cronograma, que incluya reportes del monitoreo de la gestión docente, entre otros) del seguimiento a las labores de los docentes de acuerdo con los distintos roles asignados en entornos de aprendizaje no presencial, en el sistema de gestión docente.
Tercero.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.
Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución y los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 del 6 de diciembre de 2022 a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente.
Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y los Informes Técnicos de Modificación de Licencia N° 054-2022-SUNEDU-02-12 y N° 056-2022-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS
Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu
1 Modificado mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD, 091-2021-SUNEDU/CD y 086-2022-SUNEDU, publicadas en el diario oficial “El Peruano” el 31 de mayo y 29 de junio de 2018, el 23 de julio y 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo y 3 de septiembre de 2021; y, el 20 de agosto de 2022, respectivamente.
2 Las modificaciones y la rectificación se realizaron a través de las siguientes Resoluciones de Consejo Directivo: 005-2019-SUNEDU/CD, 033-2019-SUNEDU/CD, 075-2020-SUNEDU/CD, 080-2020-SUNEDU/CD, 031-2021-SUNEDU/CD, 048-2021-SUNEDU/CD y 075-2021-SUNDEU/CD, del 18 de enero y 20 de marzo de 2019, 06 y 14 de julio de 2020; y, 31 de marzo, 6 de mayo y 21 de julio de 2021, respectivamente.
3 Los locales referidos son: SL01 ubicado en Av. La Fontana N° 550, distrito La Molina, SL02 ubicado en Av. La Fontana N° 750, distrito de la Molina; SL03 Av. Industrial N° 3484 y Av. El Pacífico 297-299 Av. Panamericana Norte, distrito de Independencia; SL04 ubicado en Jirón José Gálvez N° 386, distrito de Magdalena del Mar; y SL05 ubicado en Av. Pista Asfaltada Fundo La Carolina sección B, Parcela 1, distrito de Pachacamac.
4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modificado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU.
(…)
Artículo 31.- Supuestos de modificación de licencia institucional
31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modificación, en los siguientes escenarios: (a) creación de filial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación.
5 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modificado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU, la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD y la Resolución de Consejo Directivo N° 132-2022-SUNEDU/CD.
6 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modificado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU.
Artículo 31.- Supuestos de modificación de licencia institucional:
31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modificación en los siguientes escenarios:
(…)
c) Creación de programas conducentes a grados y títulos: Si se pretende crear programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 21, 22, 26 y 27 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.
(…)
e) Cambio de modalidad: Si se pretende cambiar la modalidad de un programa conducente a grados y títulos que consta en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 23, establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.
f) Cambio de locación. - Si se pretende ampliar o trasladar la oferta académica a otros locales autorizados, siempre que consten en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 16, 17, 18, 22, 26 y 27 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.
7 Publicada en el diario oficial “El Peruano” el 20 de agosto de 2022.
8 RTD N° 036198-2022-SUNEDU-TD.
9 Referido al cambio de modalidad de cinco (5) programas de estudios conducentes a grados y título: i) P02 Administración de Empresas, ii) P36 Ingeniería Industrial, iii) P44 Marketing y Gestión Comercial, iv) P46 Negocios Internacionales y; v) P123 Administración de Empresas.
10 Referido al cambio de locación por ampliación de oferta de dos (2) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas y; ii) P127 Negocios Internacionales
11 RTD N° 041287-2022-SUNEDU-TD.
12 Referido al cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título: i) P02 Administración de Empresas, ii) P36 Ingeniería Industrial, iii) P44 Marketing y Gestión Comercial, y; iv) P46 Negocios Internacionales.
13 Referido al cambio de locación por ampliación de oferta de dos (2) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas y; ii) P127 Negocios Internacionales
14 RTD N° 049788-2022-SUNEDU-TD.
15 RTD N° 049923-2022-SUNEDU-TD.
16 Cabe precisar que dicha documentación fue registrada en el Anexo N° 1, que formó parte integrante del Acta Fin de Diligencia de Actuación Probatoria, realizada el 27 de septiembre de 2022.
17 RTD N° 051294-2022-SUNEDU-TD.
18 Presentada mediante RTD N° 053345-2022-SUNEDU-TD.
19 Presentada mediante RTD N° 053577-2022-SUNEDU-TD.
20 Presentada mediante RTD N° 054978-2022-SUNEDU-TD.
21 Presentada mediante RTD N° 055594-2022-SUNEDU-TD.
22 Presentado mediante RTD N° 044047-2022-SUNEDU-TD.
23 Creación del programa: Ciencia de Datos (P133), en modalidad a distancia.
24 Referido al cambio de modalidad de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial, de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título, dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
25 Referido al cambio de locación de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
26 Presentado mediante RTD N° 049235-2022-SUNEDU-TD.
27 Presentado mediante RTD N° 053565-2022-SUNEDU-TD.
28 Cabe precisar que dicha documentación fue registrada en el Anexo N° 1, que formó parte integrante del Acta Fin de Diligencia de Actuación Probatoria, realizada el 27 de septiembre de 2022.
29 Presentada mediante RTD N° 054987-2022-SUNEDU-TD.
30 Presentada mediante RTD N° 055592-2022-SUNEDU-TD.
31 Presentada mediante RTD N° 055803-2022-SUNEDU-TD.
32 Referido al cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigido a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P02 Administración de Empresas de la modalidad presencial a la modalidad a distancia, ii) P36 Ingeniería Industrial de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial, iii) P44 Marketing y Gestión Comercial de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial, y; iv) P46 Negocios Internacionales de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial.
33 Referido al cambio de locación por ampliación de oferta de tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas, ii) P127 Negocios Internacionales; y iii) P125 Ingeniería Industrial, precisándose que, con respecto a este último el cambio de locación por ampliación de oferta, al local SL01 se efectúa solo para el uso de los laboratorios de dicho local.
34 Creación del programa: Ciencia de Datos (P133), en modalidad a distancia.
35 Referido al cambio de modalidad de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial, de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título, dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
36 Referido al cambio de locación de cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
37 Las referidas reuniones se realizaron los días: 19, 21 de julio, 13 y 15 de septiembre, 10, 11, 14, 17 y 26 de octubre de 2022.
38 Referido a cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigido a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P02 Administración de Empresas de la modalidad presencial a la semipresencial, ii) P36 Ingeniería Industrial de la modalidad presencial a la semipresencial, iii) P44 Marketing y Gestión Comercial de la modalidad presencial a la semipresencial, y; iv) P46 Negocios Internacionales de la modalidad presencial a la de distancia.
39 Referido a tres (3) programas de estudios conducentes a grados y títulos dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) P123 Administración de Empresas, ii) P127 Negocios Internacionales; y iii) P125 Ingeniería Industrial.
40 Creación del programa: Ciencia de Datos (P133), en modalidad a distancia.
41 Referido a cuatro (4) programas de estudios conducentes a grados y título, dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
42 Referido a (4) programas de estudios conducentes a grados y título dirigidos a personas con experiencia laboral (CPEL): i) Contabilidad (P129), ii) Ingeniería Empresarial y de Sistemas (P130), iii) Administración y Finanzas (P131), y; iv) Comunicación y Publicidad (P132).
2134244-1