Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa
Resolución de Superintendente
Nº 115-2022-SMV/02
Lima, 6 de diciembre de 2022
El Superintendente del Mercado de
Valores
VISTOS:
El Expediente N° 2022047571 y el Informe Conjunto N°1684-2022-SMV/07/08 de la Oficina de Planeamiento, Gestión e Integridad y de la Oficina de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República;
Que, según lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad;
Que, por Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG publicada el 5 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República;
Que, con Oficio N° 001554-2022-CG/GAD recibido el 28 de noviembre de 2022, la Contraloría General de la República solicitó a la SMV efectuar a más tardar el 13 de febrero de 2023, la transferencia financiera del importe ascendente a S/ 117 207,00, para el pago de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría Pierrend, Gómez & Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, encargada de la auditoría gubernamental del período 2022;
Que, de acuerdo con el informe de vistos, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, por el monto ascendente a S/ 117 207,00 (Ciento diecisiete mil doscientos siete con 00/100 soles) para la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2022; y,
Estando a lo señalado y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias;
RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274] hasta por la suma de S/ 117 207,00 (Ciento diecisiete mil doscientos siete con 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2022 de la Superintendencia del Mercado de Valores.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274], Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Manuel Peschiera Rebagliati
Superintendente del Mercado de Valores
2132472-1