Encargan al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), el Proyecto Chavimochic Etapa III, a fin que reciba la obra y bienes de la concesión, así como realice las gestiones y contrataciones necesarias para garantizar su continuidad

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0537-2022-MIDAGRI

Lima, 5 de diciembre de 2022

VISTOS:

El Oficio N° 1850-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DG de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, que adjunta el Informe Nº 009-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DGIIHR/CHAVIMOCHIC de la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego y el Informe N° 066-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego; el Oficio N° 1422-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que remite el Informe N° 720-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y el Memorando N° 241-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización; y el Informe N° 1655-2002-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020 autorizó al Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) a celebrar convenios con los Gobiernos Regionales, titulares de los proyectos de irrigación comprendidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), aprobado mediante Decreto Supremo N° 238-2019-EF, que aprueba el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad, a fin de que adopte las acciones necesarias para garantizar su implementación, pudiendo inclusive negociar la subrogación de la titularidad de los referidos proyectos, en el marco de la normatividad vigente;

Que, el 23 de julio de 2020, se suscribió el Convenio Nº 004-2020-MINAGRI-DM entre el Gobierno Regional de la Libertad y el Ministerio de Agricultura y Riego (hoy, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI) en el marco de lo dispuesto en la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, cuyo objeto es la transferencia de la titularidad del Proyecto Chavimochic III Etapa del mencionado Gobierno Regional a favor del MIDAGRI, así como cambiar al representante legal del Concedente del Contrato de Concesión, siendo que dicho convenio se encuentra vigente hasta el 23 de julio de 2024 producto de la renovación automática del plazo dispuesta en el propio convenio;

Que, el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, dispone que cuando se produzca la caducidad de un contrato de Asociación Público Privada, la entidad pública titular del proyecto, directamente o a través de terceros, asume el proyecto de manera provisional. Para tal efecto, la entidad pública titular del proyecto queda facultada para realizar las gestiones y contrataciones necesarias para garantizar la continuidad del proyecto, por un periodo no mayor a los tres (03) años calendario;

Que, la Resolución Ministerial 0080-2021-MIDAGRI, aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el mismo que en su artículo 105 dispone que la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego es la unidad orgánica de línea que depende de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego – DGIHR encargada de promover, elaborar propuestas y evaluar inversiones en materia de infraestructura hidráulica y riego en el Sector, así como aquellas con la participación del sector privado y se constituye en el órgano especializado para la gestión de proyectos del ministerio, en materia de su competencia;

Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00232-2021-MIDAGRI dispone que la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, o la que haga sus veces, asuma la gestión y administración del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic –Tercera Etapa;

Que, mediante el Oficio N° 4147 –2022–MIDAGRI–PP, de fecha 24 de octubre de 2022, que adjunta el Informe N° 10-2022-PP-MIDAGRI, la Procuradora Pública del MIDAGRI comunicó a la DGIHR la culminación del proceso arbitral ante la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional – CNUDMI y la emisión del Laudo Arbitral; que resuelve, entre otros, la caducidad anticipada del Contrato de Concesión por causas imputables a ambas partes. Asimismo, mediante el Oficio Nº 4271-2022-MIDAGRI-PP, de fecha 04 de noviembre de 2022, la mencionada Procuraduría, indica que, desde el aspecto procesal, resulta viable que las partes (MIDAGRI – Concesionaria Chavimochic SAC) inicien en forma voluntaria la ejecución del Laudo Arbitral, en sus propios términos, pudiendo activar las acciones dispuestas por la Cláusula 15 del Contrato de Concesión antes citado;

Que, mediante Oficio N° 086-2020-MINAGRI-DVDIAR de fecha 24.09.2020, el Despacho del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego (Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego) designó al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) como Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto Chavimochic III Etapa”, designación que a la fecha se encuentra vigente, como tal registrado en el Sistema Nacional de Programación Multianual de Gestión de Inversiones;

Que mediante el Oficio N° 1850-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DG de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, que adjunta el Informe Nº 009-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DGIIHR/CHAVIMOCHIC, la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego - DGIIHR y el Informe N° 066-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica, en el marco de la caducidad anticipada dispuesta por Laudo Arbitral, sustenta la necesidad de que el Proyecto Subsectorial de Irrigaciones (PSI) asuma el proyecto Chavimochic de manera provisional, a fin que realice las gestiones y contrataciones necesarias para garantizar la continuidad del proyecto, por un periodo no mayor a los tres (03) años calendario, en el marco de lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362; adjuntando para dicho efecto la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva del PSI, mediante Oficio N° 01104-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI y que adjunta el Informe N° 0156-2022- MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UPPS de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto – OGPP mediante Oficio N° 1422-2022-MIDAGRI-SG/OGPP, hace suyo y remite el Informe N° 720-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI, elaborado por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones – OPMI, con la opinión respecto a que el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) en su calidad Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), responsable de la fase de Ejecución del proyecto de inversión “Proyecto Chavimochic Tercera Etapa” CUI 2077997, puede asumir de manera provisional, a fin que reciba la obra y bienes de la concesión, así como realice las gestiones y aspectos contractuales necesarias para garantizar la continuidad del citado proyecto, dentro del plazo previsto;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; de la Directora de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Encargo

Encargar al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), el Proyecto Chavimochic Etapa III, a fin que reciba la obra y bienes de la concesión, así como realice las gestiones y contrataciones necesarias para garantizar la continuidad del citado proyecto, en el marco de lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos.

Artículo 2.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e infraestructura Agraria y Riego; asimismo, al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) y a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, para las coordinaciones y acciones pertinentes.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN RODO ALTAMIRANO QUISPE

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2132198-1