Crean el Juzgado de Paz Urbano del Programa de Vivienda Santa Lucila, Primera Etapa de Oquendo, Distrito Judicial del Callao

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000122-2022-P-CE-PJ

Lima, 2 de diciembre del 2022

VISTOS:

El Oficio N° 000250-2022-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el Oficio N° 000479-2022-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre la creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial del Callao.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el oficio cursado por la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante el cual hace de conocimiento que el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao propone la creación de un Juzgado de Paz Urbano en el Programa de Vivienda Santa Lucila, Primera Etapa de Oquendo, distrito y provincia del Callao.

Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta.

Tercero. Que, conforme a lo establecido en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la emisión de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones.

En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con los mencionados informes; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz Urbano del Programa de Vivienda Santa Lucila, Primera Etapa de Oquendo, con competencia territorial en los Programas de Vivienda de Propietarios de Santa Lucila Primera Etapa de Oquendo I (sede), Santa Petronila de Oquendo, La Rinconada, Costa Mar I Etapa, La Muralla, Los Ángeles I Etapa, Las Palmeras de Oquendo, Universidad Nacional Federico Villareal, Buena Vista I Etapa, Villas Oquendo I Etapa, Vista Alegre II Etapa, Villas de Oquendo I Etapa Ampliación, Residencial San Juan, Villas Oquendo II Etapa, Comercial Costa Azul, Lote Único (Construcción simultánea Fondo Mi Vivienda), Progresiva los Saires de Oquendo I Etapa, Progresiva Los Saires II Etapa, Virgen del Carmen, Los Jardines de Oquendo, Progresiva Los Saires de Oquendo III Etapa, Los Robles de Oquendo, Las Viñas de Oquendo, Los Trabajadores de la Compañía Peruana de Vapores, Valle Hermoso I Etapa, Los Parques de Oquendo, Residencial Las Américas, Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores de la Empresa Nacional de Puertos S.A., Acuario de Oquendo, Vista Alegre III Etapa, Las Gaviotas, Villas Oquendo S.A., El Paraíso de Oquendo, Urb. Manuel Mujica Gallo, Las Orquídeas II Etapa, Las Delicias de Oquendo, Urb. Bahía Blanca, Los Portales del Rey, Residencial Palma Real, Las Praderas de Oquendo, Residencial Los Laureles, Viñas de América, Santa Isabel, Vista Alegre I Etapa, San Benito de Palermo, Los Alisos de Oquendo III Etapa, Las Dalias de Oquendo I Etapa, Las Dalias de Oquendo II Etapa, Los Alisos de Oquendo II Etapa, Las Orquídeas I Etapa, Las Viñas de Surco, Villa Los Ángeles, El Olivar de Oquendo II Etapa, Santa Luisa de Oquendo, Las Gardenias de Oquendo I Etapa, Señor de los Milagros, Manuel Aquino, Horizonte Azul I Etapa, Las Poncianas II Etapa, Las Casuarinas, Francisco de Oquendo, Residencial Oquendo, Señor de Luren, Residencial del Rosario tracto sucesivo ante MPC-GGAH, Los Ángeles II Etapa tracto sucesivo ante MPC-GGAH y, La Encalada del Valle tracto sucesivo ante MPC-GGAH; distrito y provincia del Callao; Distrito Judicial del Callao.

Artículo Segundo.- Disponer que por intermedio de la Corte Superior de Justicia del Callao, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas respectivas, para la implementación del Juzgado de Paz creado; a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.

Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia del Callao entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia.

Artículo Cuarto.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia del Callao, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

Consejo Ejecutivo

2131763-2