LEY Nº 31634
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN DE UNA PLANTA DESALINIZADORA DE AGUA DE MAR EN LA PROVINCIA DE PACASMAYO
Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación de una planta desalinizadora de agua de mar en la provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad para mejorar el acceso de la población a servicios de agua potable.
Artículo 2. Acciones para su ejecución
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco de sus competencias y atribuciones, en concordancia con el Gobierno Regional de La Libertad y la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, disponen las acciones pertinentes para la implementación de lo señalado en el artículo 1 de la presente
ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil veintidós.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de diciembre del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO
Presidenta del Consejo de Ministros
2131276-2