Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, destinada a financiar la ejecución de Proyectos de Inversión en el Subsector Minería

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 419-2022-MINEM/DM

Lima, 30 de noviembre de 2022

VISTOS: El Memorando Nº 00307-2022/MINEM-VMM del Despacho Viceministerial de Minas; el Informe N° 0147-2022-MINEM/DGPSM de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera; el Informe N° 324-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 528-2022-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 1206-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 482-2021/MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 443 180 258,00 (Cuatrocientos cuarenta y tres millones ciento ochenta mil doscientos cincuenta y ocho y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en adelante la Ley Nº 31366, autoriza al Ministerio de Energía y Minas durante el Año Fiscal 2022 a realizar transferencias financieras hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (Ochenta millones y 00/100 soles), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Locales para los proyectos en el área de influencia minero-energética, con cargo a los recursos del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiendo incluir saldos de balance, conforme a la normatividad vigente, que el Ministerio de Energía y Minas incorporará en su presupuesto institucional;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, señala que las transferencias financieras autorizadas se aprueban mediante resolución del Titular del Ministerio de Energía y Minas, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de los Viceministerios de Minas e Hidrocarburos, y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, establece que las entidades que reciben la transferencia financiera en el marco de lo establecido en el citado artículo, deben informar al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, cumpliendo con el cronograma de ejecución y/o las disposiciones establecidas en el convenio correspondiente;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0031-2022-MINEM/VMM el Despacho Viceministerial de Minas, aprueba la Lista de Proyectos de Inversión Priorizados del Subsector Minería, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 396-2022-MINEM/DM, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de
S/ 41 587 913,00 (Cuarenta y un millones quinientos ochenta y siete mil novecientos trece y 00/100 soles), para financiar la ejecución de los proyectos de inversión aprobados por Resolución Viceministerial Nº 0031-2022-MINEM/VMM;

Que, asimismo, con fecha 09 de noviembre de 2022, se suscribieron cinco (05) Convenios de Transferencia Financiera de Recursos y Seguimiento entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, con el objeto de viabilizar la transferencia financiera y seguimiento de los recursos autorizados en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, a favor de los citados Gobiernos Locales, destinados a financiar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector de Minería, por el importe de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), conforme se detalla en el Anexo 1 de la presente Resolución Ministerial;

Que, mediante Memorando Nº 00307-2022/MINEM-VMM el Despacho Viceministerial de Minas a través del Informe Nº 0147-2022-MINEM/DGPSM de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, sustenta y emite opinión favorable para que realice la transferencia financiera a favor de los mencionados Gobiernos Locales; toda vez que, ello contribuye a la reducción y cierre de brechas sociales, en especial de aquellas localidades que realizan actividades mineras; ello, permitirá reducir los conflictos sociales en dichas localidades; no obstante, precisa que dicha transferencia va acorde con lo señalado en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 324-2022/MINEM-OGPP-OPRE opina favorablemente desde el punto de vista presupuestal, señalando que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados para realizar la transferencia financiera a favor de los mencionados Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), para el financiamiento de los Proyectos de Inversión del Subsector Minería, a fin de que se cumpla con lo señalado en la Cláusula Sexta de los Convenios suscritos entre los referidos Gobiernos Locales y el Ministerio de Energía y Minas, en el marco del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 18 de noviembre de 2022, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2022-02470-001 (N° SIAF 0000002467) por el importe de S/ 41 587 913,00 (Cuarenta y un millones quinientos ochenta y siete mil novecientos trece y 00/100 soles), para efectuar la transferencia financiera a favor de un (01) Gobierno Nacional y cinco (05) Gobiernos Locales, destinada a financiar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector Minería, conforme a lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, con el Informe N° 528-2022-MINEM-OGA/OFIN señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos financieros necesarios en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor de los referidos Gobiernos Locales, en el marco de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, por lo que resulta pertinente su aprobación;

Que, con Informe Nº 1206-2022/MINEM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor de los mencionados Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), para el financiamiento de los Proyectos de Inversión del Subsector Minería;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de los Gobiernos Locales de Livitaca, Velille, Chamaca, Capacmarca y Llalli, destinadas a financiar la ejecución de los Proyectos de Inversión en el Subsector Minería, hasta por la suma de S/ 36 976 508,74 (Treinta y seis millones novecientos setenta y seis mil quinientos ocho y 74/100 soles), conforme al detalle contenido en el Anexo 1 de la presente Resolución Ministerial y en el marco de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente

Recaudados

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y

Minas – Central

Gastos de Capital

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 36 976 508,74

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, así como también se registre en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLIVERIO MUÑOZ CABRERA

Ministro de Energía y Minas

Anexo Nº 01 Convenio de Transferencia

Financiera de Recursos

Numeral 6.1 de la Clausula Sexta

Beneficiarios

Fuente de Financiamiento

Importe S/

Municipalidad Distrital de Livitaca

09

14,616,707.99

Municipalidad Distrital de Velille

09

3,682,966.75

Municipalidad Distrital de Chamaca

09

9,999,399.00

Municipalidad Distrital de Capacmarca

09

4,805,432.30

Municipalidad Distrital de Llalli

09

3,872,002.70

Total S/

36,976,508.74

2131135-1