Autorizan transferencia de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” a favor de la Contraloría General de la República, para financiar acciones de control

UNIVERSIDAD NACIONAL

SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO

Resolución Rectoral

Nº 689-2022-UNASAM

Huaraz, 8 de noviembre de 2022

Visto, el Oficio Nº 590-2022-UNASAM-OGPP/DP, de fecha 03 de noviembre de 2022, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, sobre propuesta de Modificación Presupuestaria vía Habilitaciones y Anulaciones en el Nivel Funcional Programático en cumplimento al Oficio Nº 000654-2022-CG/SGE de la Secretaria de la Contraloría General de la República, solicitados con los oficios: Nº 02448-2022-UNASAM-RECTORADO, Oficio Nº 353-2022-UNASAM-OGDF/UEOYMI-J y Nº 902-2022-UNASAM/OGDF-J;

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Capítulo I de la Ley Nº 30220 “Ley Universitaria”, la universidad es la comunidad de profesores alumnos y graduados. Asimismo, es una institución de derecho público interno; se rige por su Estatuto, sus normas internas y dentro del marco de la Constitución Política del Perú y de las Leyes; consecuentemente dentro de su autonomía de gobierno y autonomía administrativa prevista en los artículos 10º y 11º del Estatuto de la UNASAM;

Que, mediante Ley Nº 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal del 2022;

Que, a través de la Resolución de Consejo Universitario Nº 775-2021-UNASAM de fecha 31 de diciembre del 2021, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022 del Pliego: 532 Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”;

Que, en marco a lo establecido en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, en el artículo 3º Iniciativas de contratación prescribe: Asimismo, toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente. Igualmente, establece en el artículo 4. Transferencias: 4.1. Para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, en ese sentido, con el fin de dar cumplimiento al mandato legal establecido en la Ley Nº 31358, mediante Oficio Nº 000654-2022-CG/SGE, la Contraloría General de la República presenta el detalle del montó determinado a ser transferido para financiar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para las inversiones en curso a cargo de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo: Ítem 1, CUI 2413957, Mejoramiento del servicio administrativo de la sede institucional de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Departamento de Ancash, Monto solicitado S/. 732,321.89 y del Ítem 2, CUI 2324993, Creación del servicio de residencia universitaria de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Región de Ancash, monto solicitado S/. 233,264.63. El total acumulado hasta por el importe S/. 965,586.52;

Que, de conformidad a los considerandos expuestos y en mérito al Informe Legal Nº 791-2022-UNASAM-OGAJ/D de fecha 07 de noviembre de 2022, dando cumplimiento a la Ley y estando a lo solicitado conforme al documento del visto, con Hoja de Envío Nº 3314 de fecha 07 de noviembre del 2022, el señor rector de la UNASAM, dispone se emita la Resolución conforme a la propuesta;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 30220, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 163º del Estatuto de la UNASAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º. FORMALIZAR la modificación presupuestaria efectuada en el Nivel Funcional Programático, dentro de la Unidad del Pliego 532 UNASAM, dentro de la Unidad Ejecutora, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo 2º. AUTORIZAR la transferencia hasta por el importe de S/. 965,587.52 (Novecientos sesenta y cinco mil quinientos ochenta y siete con 00/100 soles) a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, en cumplimiento a la Ley Nº 31358.

Artículo 3º. AFECTAR la estructura programática siguiente:

EGRESOS (En Nuevos Soles) S/. 965,587.00

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO : 18 RECURSOS DETERMINADOS

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO : 532 Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo

UNIDAD EJECUTORA : 001 Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo

PROGRAMA : 066 FORMACION UNIVERSITARIA DE PREGRADO

PRODUCTO : 2324993 CREACION DEL SERVICIO DE RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO, DISTRITO DE INDEPENDENCIA - PROVINCIA DE HUARAZ - REGION ANCASH

ACTIVIDAD : 4000022 INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DE EDUCACION UNIVERSITARIA

FUNCION : 22 Educación

DIVISIÓN FUNCIONAL : 048 Educación Superior

GRUPO FUNCIONAL : 0109 Educación Superior Universitaria

FINALIDAD : 0215836 CREACION DEL SERVICIO DE RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO, DISTRITO DE INDEPENDENCIA-HUARAZ-ANCASH

6 GASTOS DE CAPITAL S/. 233,265.00

2.6.22.22 S/. 233,265.00

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO : 18 RECURSOS DETERMINADOS

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO : 532 Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo

UNIDAD EJECUTORA : 001 Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo

PROGRAMA : 066 FORMACION UNIVERSITARIA DE PREGRADO

PRODUCTO : 2413957 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE LA SEDE INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO, DISTRITO DE INDEPENDENCIA - PROVINCIA DE HUARAZ - DEPARTAMENTO DE ANCASH

ACTIVIDAD : 4000040 MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE EDUCACION UNIVERSITARIA

FUNCION : 22 Educación

DIVISIÓN FUNCIONAL : 048 Educación Superior

GRUPO FUNCIONAL : 0010 INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

FINALIDAD : 0000312 BRINDAR EDUCACION SUPERIOR

6 GASTOS DE CAPITAL S/. 732,322.00

2.6.22.22 S/. 732,322.00

Artículo 4º.- SUSTENTAR la presente Resolución en las “Notas de Modificación Presupuestaria” emitida por la Unidad Ejecutora durante el mes de noviembre del Ejercicio Fiscal 2022.

Artículo 5º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CARLOS ANTONIO REYES PAREJA

Rector

2131086-1