Modifican el Estatuto Universitario vigente de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco

UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº AU-010-2022-UNSAAC

Cusco, 7 de noviembre de 2022

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, la Resolución Nº 37 de fecha 25 de octubre de 2022 emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, mediante resolución Nº 37 de 25 de octubre de 2022, la Sala Civil de la Corte Superior de Cusco, requiere a la UNSAAC alcance el acuerdo que aprueba la modificación del Estatuto en cumplimiento de la sentencia contenida en la Resolución Nº 14 de fecha 17 de noviembre de 2016;

Que, mediante la sentencia contenida en la Resolución Nº 14 de 17 de noviembre de 2016, se declaró fundada en parte la demanda de Acción Popular, declarando ilegal el Estatuto Universitario en cuanto al literal e) del artículo 11º; literal e) del artículo 12º ; el artículo 13º; literal b) del artículo 22; literal c) del artículo 36. Artículo 33º, 44º y 71º, las mismas que se dejan sin efecto de conformidad con el artículo 81º del Código Procesal Constitucional, debiendo el Consejo Universitario y Asamblea Universitaria ejercer la atribución legal establecida en el artículo 57.8 y 59.4 de la Ley Universitaria respectivamente;

Que, en su oportunidad la UNSAAC ha excluido del Estatuto Universitario los mencionados artículos declarados ilegales, con excepción del articulo 71º que debía implementarse conforme a la ley universitaria;

Que, respecto al artículo 71º del Estatuto Universitario de la UNSAAC, en uso de las atribuciones del Consejo Universitario y Asamblea Universitaria, se ha emitido la resolución Nº AU-001-2022-UNSAAC de 12 de enero de 2022, constituyendo 18 Facultades estructuradas con sus Departamentos Académicos y Escuelas Profesionales, disponiendo que el funcionamiento entra en vigencia real y efectiva a partir del día siguiente de la elección de Decanos, conforme al procedimiento establecido en la Ley Universitaria y Estatuto de la UNSAAC. Hecho que ha sido puesto en conocimiento de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco;

Que, mediante Resolución Nº 36, de 3 de octubre de 2022, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, requirió a la UNSAAC, el cumplimiento de la sentencia contenida en la Resolución Nº 14, de 17 de noviembre de 2016, en cuanto a que la Asamblea Universitaria ejerza su atribución legal, prevista en el numeral 57.8 del artículo 57º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, para tal efecto debe acompañar el acuerdo de la Asamblea Universitaria respectivo;

Que en fecha 17 de octubre del año en curso, la UNSAAC ha cumplido cabalmente con la presentación de la documentación exigido por el Poder Judicial;

Que, la Resolución Nº 37 de 25 de octubre de 2022, ha sido puesto a consideración de la Asamblea Universitaria en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 7 de noviembre de 2022, habiendo acordado por unanimidad excluir formalmente del Estatuto Universitario de la UNSAAC aprobado en agosto de 2015, el literal e) del artículo 11º; literal e) del artículo 12º ; el artículo 13º; literal b) del artículo 22; literal c) del artículo 36; Artículo 33º, 44º y con eficacia anticipada a octubre del año en curso; además se acordó sustituir el texto del artículo 71º conforme a la Resolución AU 001-2022-UNSAAC, con eficacia anticipada a enero de 2022.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Universitaria y Estatuto Universitario de la UNSAAC, la Asamblea Universitaria;

RESUELVE:

Primero.- MODIFICAR el Estatuto Universitario vigente de la UNSAAC EXCLUYENDO formalmente, el literal e) del artículo 11º; literal e) del artículo 12º ; el artículo 13º; literal b) del artículo 22; literal c) del artículo 36. Artículo 33º, 44º y con eficacia anticipada a octubre del año en curso.

Segundo.- MODIFICAR el Estatuto Universitario vigente de la UNSAAC SUSTITUYENDO formalmente el texto del artículo 71º conforme a la Resolución AU 001-2022-UNSAAC, con eficacia anticipada a enero de 2022.

Tercero.- Disponer que la Dirección General de Administración y Oficina de Comunicaciones e imagen institucional, publiquen la presente resolución en el Diario El Peruano y en la página web de la UNSAAC

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

2130375-1