LEY Nº 31631
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD
PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL MEJORAMIENTO Y LA MODERNIZACIÓN DE LA VÍA TERRESTRE QUE CONECTA LOS DEPARTAMENTOS DE PUNO, AREQUIPA Y CUSCO, A FIN DE CONSOLIDAR EL CIRCUITO
TURÍSTICO DEL SUR
Artículo único. Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional
Se declara de necesidad pública y preferente interés nacional el mejoramiento y la modernización de la vía terrestre que conecta los departamentos de Puno, Arequipa y Cusco, que le permita tener las características de autopista, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas ni el medio ambiente, a fin de consolidar el circuito turístico del sur.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil veintidós.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
2129938-2