LEY Nº 31631

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD

PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL MEJORAMIENTO Y LA MODERNIZACIÓN DE LA VÍA TERRESTRE QUE CONECTA LOS DEPARTAMENTOS DE PUNO, AREQUIPA Y CUSCO, A FIN DE CONSOLIDAR EL CIRCUITO

TURÍSTICO DEL SUR

Artículo único. Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional

Se declara de necesidad pública y preferente interés nacional el mejoramiento y la modernización de la vía terrestre que conecta los departamentos de Puno, Arequipa y Cusco, que le permita tener las características de autopista, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas ni el medio ambiente, a fin de consolidar el circuito turístico del sur.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil veintidós.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

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