Aprueban los Criterios de Priorización del Sector Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00396-2022-PRODUCE
Lima, 25 de noviembre de 2022
VISTOS: El Oficio N° 0302-2022-EF/63.03 y el Informe N° 0196-2022-EF/63.03 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 00000446-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000392-2022-PRODUCE/OPMI de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00001338-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF (en adelante el TUO del Decreto Legislativo N° 1252), dispone la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, el segundo párrafo del numeral 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo N° 1252, establece que el Órgano Resolutivo del Sector del Gobierno Nacional aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones relacionadas con funciones de su competencia a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones para los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1432 que modifica el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, establece que cada Sector del Gobierno Nacional anualmente aprueba y publica en su portal institucional los criterios de priorización para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales. Dichos criterios son de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente y deben sujetarse a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el artículo 13 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/63.01, por la Resolución Directoral N° 008-2020-EF/63.01 y por la Resolución Directoral N° 004-2022-EF/63.01, establece que los criterios de priorización tienen por objetivo establecer la prioridad de cada inversión que conforma la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones - PMI, los cuales se elaboran sobre la base del diagnóstico de brechas y los objetivos a alcanzar respecto al cierre de brechas; la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector, previa coordinación con la oficina de planeamiento o la que haga sus veces en la entidad, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, en concordancia con los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, dichos criterios de priorización son aplicados por los tres niveles de gobierno; los criterios de priorización sectoriales son elaborados de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones - DGPMI y remitidos a esta en el Formato N° 04-B: Criterio de Priorización Sectorial, para su validación metodológica; los criterios de priorización sectoriales validados por la DGPMI, en coordinación con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, son aprobados anualmente por el Órgano Resolutivo - OR del Sector y publicados por la OPMI en su portal institucional, de acuerdo a los plazos establecidos en el Anexo N° 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones;
Que, mediante Oficio N° 0302-2022-EF/63.03 y el Informe N° 0196-2022-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas valida metodológicamente los criterios de priorización del Sector Producción;
Que, mediante el Informe N° 00000446-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000392-2022-PRODUCE/OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone y sustenta la aprobación de los Criterios de Priorización del Sector Producción;
Que, mediante el Informe N° 00001338-2022-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba los Criterios de Priorización del Sector Producción, en el marco de lo aprobado por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas y lo sustentado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción;
Con el visado de la Secretaría General, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF; la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/63.01, por la Resolución Directoral N° 008-2020-EF/63.01 y por la Resolución Directoral N° 004-2022-EF/63.01; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017- PRODUE y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Criterios de Priorización del Sector Producción, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
2129776-1