Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 042-2022-RE que declara de interés nacional el ejercicio de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la XXXII Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024
DECRETO SUPREMO
Nº 058-2022-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Perú es miembro del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) desde 1998;
Que, con fecha 10 de febrero de 2022, el Primer Ministro de Tailandia, General Prayut Chan-o-cha, en su calidad de Presidente del APEC, durante el año 2022, oficializó la presidencia del Perú al APEC en el año 2024, lo cual implica ser la sede de la Cumbre de Líderes Económicos del APEC, así como la organización de diversas reuniones preparatorias, técnicas, académicas y eventos de nivel ministerial en el territorio nacional, a lo largo de los años 2022, 2023 y 2024, conforme al calendario de trabajo y a las prácticas y requerimientos habituales del citado Foro;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE, se declara de interés nacional el ejercicio de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la XXXII Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024: reunión ministerial conjunta, reuniones ministeriales sectoriales; encuentros preparatorios de las reuniones ministeriales; diálogos de Alto Nivel; reuniones de Altos Funcionarios; reuniones de los Grupos de Trabajo; reuniones de los Grupos de Tarea; diálogos Público-Privados; reuniones de Comités; Subcomités; Grupos de Expertos; reuniones del Consejo Consultivo Empresarial; Cumbre Empresarial de APEC, así como los seminarios, simposios y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la agenda para la presidencia peruana del APEC 2024;
Que, la numeración ordinal de la Cumbre de Líderes Económicos del Foro que se proyectó para el año 2024 fue consignada en el Título y el artículo primero del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE; no obstante, la misma se sujetaba a factores externos, como la cancelación de la Cumbre de Líderes Económicos del APEC en 2019, que debió realizarse en Chile, así como de la materialización de las Cumbres de Líderes Económicos del APEC para los años 2022 y 2023 a realizarse en Tailandia y los Estados Unidos de América, respectivamente; por lo cual, resulta pertinente mantener la declaración de interés nacional de la realización de tan importante evento y omitir su numeración ordinal en el título y el artículo primero del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE, ya que ello no afecta la organización del aludido evento que el Perú se ha comprometido en organizar y acoger;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N.º 135-2010-RE;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
La modificación del título y del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE, con la finalidad de omitir la numeración ordinal de la Cumbre de Líderes Económicos del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC).
Artículo 2.- Modificación del Título y del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE.
Modificar el Título y el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 042-2022-RE, conforme al texto siguiente:
“Declaran de interés nacional el ejercicio de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024.”
“Artículo 1.- Objeto
Declarar de interés nacional el ejercicio de la presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacifico (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024: reunión ministerial conjunta, reuniones ministeriales sectoriales; encuentros preparatorios de las reuniones ministeriales; diálogos de Alto Nivel; reuniones de Altos Funcionarios; reuniones de los Grupos de Trabajo; reuniones de los Grupos de Tarea; diálogos Público-Privados; reuniones de Comités; Subcomités; Grupos de Expertos; reuniones del Consejo Consultivo Empresarial; Cumbre Empresarial de APEC, así como los seminarios, simposios y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la agenda para la presidencia peruana del APEC 2024.”
Artículo 3.- Publicación
Se dispone la publicación del presente Decreto Supremo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
2129214-3