Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar acciones de control concurrente de proyecto de inversión
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 0125-2022-INGEMMET/PE
Lima, 21 de noviembre de 2022
VISTOS: El Informe N° 0092-2022-INGEMMET/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0299-2022-INGEMMET/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante Resolución de Presidencia Nº 116-2021-INGEMMET/PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 221 - Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, a nivel de Unidad Ejecutora, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del presente año;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, entre otros, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, cuyos montos superen los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Local, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueben mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, modificada mediante Resolución Directoral N° 007-2021-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias financieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, para el financiamiento del control concurrente de las inversiones;
Que, mediante Oficio N° 000817-2022-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita se efectúen las acciones necesarias para garantizar el financiamiento del control concurrente de las inversiones, a través de una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con cargo al presupuesto institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, conforme a lo establecido en la Ley Nº 31358, para lo cual identificó y priorizó el proyecto de inversión “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET” que viene ejecutando por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET bajo las modalidades de Proyectos de Inversión Pública, por la suma de S/1,231,671.32 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 32/100 Soles);
Que, mediante Oficio N° 0190-2022-INGEMMET/GG de 24 de octubre de 2022 el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico solicita la ampliación de plazo para efectuar la transferencia financiera; por tal motivo, mediante el Oficio N°000075-2022-CG/PLPREPI del 26 de octubre de 2022, la Contraloría General de la República otorga la ampliación de plazo hasta el 30 de noviembre de 2022;
Que, mediante el Oficio 0067-2022-INGEMMET/GG-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INGEMMET solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas (OGPP – MINEM), emita la opinión favorable para la modificación presupuestaria para el proyecto de inversión denominado “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET”, registrado con código CUI 2131851, a fin de cumplir con la transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 31358;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas (OGPP – MINEM), remite el Oficio N° 0420-2022/MINEM-OGPP y adjunta el Informe N° 312-2022-MINEM/OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional (OPPIC) a cargo de la OPMI del Sector Energía y Minas, a través del cual emite opinión favorable para efectuar la modificación presupuestaria a favor del proyecto de inversión “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del INGEMMET” (CUI 2131851);
Que, a través del Informe Nº 0092-2022-INGEMMET/GG-OPP y el Informe Nº 0619-2022-INGEMMET/GG-OPP-PRES, la Oficina de Planificación y Presupuesto, solicita se autorice la Transferencia Financiera del Pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET hasta por la suma de S/1,231,671.32 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 32/100 Soles), para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET” (CUI 2131851), en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados;
Que, mediante Informe N° 0299-2022-INGEMMET/GG-OAJ del 21 de noviembre de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva, en su condición de Titular del Pliego, autorice la Transferencia Financiera del Pliego 221 Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET hasta por la suma de S/1,231,671.32 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y UNO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 32/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudado, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del INGEMMET” registrado con CUI N° 2131851; en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/1,231,671.32 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 32/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;
Con el visado de la Gerencia General y de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modificada por la Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01; y la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- AUTORIZAR una Transferencia Financiera del Pliego 221 - Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, hasta por la suma de S/1,231,671.32 (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 32/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión “Infraestructura y equipamiento para el adecuado funcionamiento de las unidades operativas y la mejor prestación de los servicios del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET” (CUI N° 2131851); en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- DISPONER que la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se realice con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 221 - Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, Categoría Presupuestaria: 9002. Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos; Acción de Inversión: 6000053. Control Concurrente; Categoría de Gasto: 6. Gasto de Capital; Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias; Partida de Gasto: 2.4.2.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional; por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- DISPONER que los recursos de la Transferencia Financiera autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- NOTIFICAR copia de la presente Resolución se remite al responsable de la Unidad Ejecutora, para que efectúen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Transferencia Financiera.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HENRY LUNA CORDOVA
Presidente Ejecutivo
2127646-1