Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de diversas entidades del Estado

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA

N° 367-2022-CG

Lima, 21 de noviembre de 2022

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000016-2022-CG/VCIC y el Memorando N° 000374-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; los Memorandos N° 000921-2022-CG/GRAN y N° 000941-2022-CG/GRAN, de la Gerencia Regional de Control de Áncash; los Memorandos N° 001201-2022-CG/POLDEH, N° 001253-2022-CG/POLDEH y N° 001617-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; las Hojas Informativas N° 000168-2022-CG/PER y N° 000246-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; los Memorandos N° 000844-2022-CG/GCH y N° 001102-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000650-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000766-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modificada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; señalando que, igualmente, se puede prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;

Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;

Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fines y metas institucionales;

Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fiscal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modificatorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Áncash;

Que, en dicho contexto, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa Nº 000016-2022-CG/VCIC, en atención a las competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, propone dar por terminada la designación de colaboradores en el cargo de Jefe del OCI de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Áncash, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como, designar a colaboradores en el cargo de Jefe del OCI de entidades bajo su mismo ámbito;

Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto;

Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los profesionales propuestos por la Vicecontraloría de Integridad y Control para el cargo de Jefe del OCI de diversas entidades que se encuentran bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Áncash, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasificador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso;

Que, por su parte, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula la figura legal de la eficacia anticipada, estableciendo que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión; asimismo, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada norma indica que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros;

Que, en relación a la aplicación de la eficacia anticipada para la emisión de actos de administración interna, la doctrina señala que “la práctica administrativa nacional ha introducido la posibilidad de una eficacia retroactiva de las decisiones administrativas (conocida como “en vía de regularización”), por la cual los efectos de un acto o resolución administrativa son aplicados de modo anticipado a relaciones jurídicas ya existentes e incluso consumadas antes de su vigencia”1;

Que, mediante el Memorando Nº 000921-2022-CG/GRAN, de la Gerencia Regional de Control de Áncash, así como el Memorando N° 000374-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control, y la Hoja Informativa Nº 000246-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones, se sustenta la designación con eficacia anticipada de la colaboradora Margarita Rosario Colonia Alvarez en el cargo de Jefe del OCI de la Municipalidad Distrital de Independencia - Huaraz; en razón de ello, siendo que a efectos de salvaguardar el desarrollo de las labores de control realizadas por la referida profesional, a quien en el marco del literal a) del numeral 7.1.5.1 de la Directiva de los OCI se le encargó el puesto de Jefe del OCI en la referida entidad, resulta de aplicación la figura legal de la eficacia anticipada al 01 de setiembre de 2022 para la designación de la colaboradora Margarita Rosario Colonia Alvarez como Jefe del OCI de la Municipalidad Distrital de Independencia - Huaraz;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000766-2022-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000650-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de término de designación y de designación en el cargo de Jefe del OCI de diversas entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Áncash, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Integridad y Control, disponiendo las acciones de personal necesarias;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modificada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, de los profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA

RODRÍGUEZ VIGO MIRIAN NOEMÍ

32976705

2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY

PEJE QUESADA CARLOS JOSÉ

40804277

3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE

BECERRA GALLARDO JOSÉ LUIS

41623695

4

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA

SORIANO CABALLERO VITALIANO MÁXIMO

80200355

Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, a los profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI

SORIANO CABALLERO VITALIANO MÁXIMO

80200355

2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA

PEJE QUESADA CARLOS JOSÉ

40804277

3

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY

VALVERDE CUEVA DARIO EDMUNDO

31670961

4

UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO - ÁNCASH

ANTEQUERA AYALA NICOLAS

31602169

5

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE

RODRÍGUEZ VIGO MIRIAN NOEMÍ

32976705

6

SEDACHIMBOTE S.A.

HIGUERAS KONFÚ NIKI D’ANGELO

70920870

Artículo 3.- Designar, con eficacia anticipada al 01 de setiembre de 2022, a la colaboradora Margarita Rosario Colonia Alvarez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia - Huaraz.

Artículo 4.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.

Artículo 5.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 6.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado al órgano o unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado.

Artículo 7.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 8.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

1 MORÓN URBINA, Juan Carlos. “Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General”. Décimo Cuarta Edición. Gaceta Jurídica. Lima, abril 2019. P. 283.

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